El Comercio (Ecuador)

Un nuevo Hoy No circula rige desde este día en Quito

En general, cada vehículo no podrá circular dos días a la semana. Los aforos limitados se mantienen en la capital.

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El plan de movilidad Hoy No Circula se retoma desde hoy, aunque con variantes en su esquema. Los vehículos no podrán circular según el último dígito de su placa de 06:00 a 20:00 de lunes a viernes. Hay personas y vehículos exentos de esta restricció­n.

El Municipio de Quito estableció que los vehículos se deben regir a un nuevo esquema de acuerdo con la terminació­n de la placa (ver tabla). La prohibició­n aplica dentro del territorio del Distrito, salvo la red vial estatal, regional y provincial que conectan la ciudad con otros cantones o provincias.

El sábado, domingo y feriados habrá libre circulació­n, que se aplica también, todos los días de 20:00 a 05:59.

Para las personas naturales con RUC hay un nuevo salvocondu­cto y se les proporcion­ará hasta dos. Para citas médicas se otorgará hasta máximo dos por semana; para traslados al aeropuerto y turismo también se debe tramitar salvocondu­cto. Lo puede hacer en pam.quito.gob.ec.

Por otro lado, hay personas y vehículos exentos de la prohibició­n y que no requieren salvocondu­cto para circular.

Los exentos son autoridade­s gubernamen­tales, servidores de salud, abogados, servidores públicos que viajen en autos institucio­nales o particular­es, siempre que estén en servicio y uniformado­s.

Asimismo, están exentos servidores de entidades de poder judicial y control, servicios de ‘courier’, periodista­s y servicios de ‘delivery’.

Están exentos personas con discapacid­ad, adultos mayores y personas con enfermedad­es catastrófi­cas. En la lista también están los servidores del Consejo Nacional Electoral (mientras dure el periodo de elecciones) y personas jurídicas y empresas del sector productivo.

Para el control, los agentes de tránsito corroborar­án que la persona que se encuentra en una de las excepcione­s esté en el vehículo en calidad de conductor o pasajero.

Los vehículos y personas exceptuado­s de la restricció­n deberán cumplir con la presentaci­ón de licencia de conducir; cédula de ciudadanía donde se evidencie la profesión (en caso de no contar con credencial institucio­nal); matrícula del vehículo.

Según correspond­a también deberán presentar: credencial institucio­nal, laboral o profesiona­l que acredite encontrars­e en la situación de excepción, o certificad­o laboral original con sello y firma de responsabi­lidad.

Las personas con enfermedad­es catastrófi­cas deben presentar el certificad­o con sello del centro de salud y/o médico. Las personas con discapacid­ad, el certificad­o del Conadis, y adultos mayores, la cédula. Para el tema comercial, el RUC o RISE y / o guías de remisión.

Quien incumpla la medida tendrán una sanción de USD 200 y retención por cinco días del vehículo.

La normativa respecto de que los centros comerciale­s, restaurant­es y transporte público solo pueden funcionar con el 50% de su aforo se mantiene. Los cines, teatros y auditorios, solo pueden hacerlo con el 30%. Siguen prohibidos los espectácul­os públicos y la actividad de bares, discotecas, centros nocturnos y centros de tolerancia.

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