Asamblea no dio paso a despenalizar injurias
El proyecto de Ley contra la Violencia Digital irá en los próximos días al Registro Oficial, después de que el pasado viernes la Asamblea concluyó con el trámite de las objeciones presentadas por el Ejecutivo al proyecto.
Una mayoría de 105 asambleístas del correísmo, Pachakutik, la Izquierda Democrática (ID) y el Partido Social Cristiano (PSC) se impuso y no dio paso a derogar el artículo 396 del Código Orgánico Integral Penal (Coip), como había propuesto el presidente Guillermo Lasso.
La reforma sustituye el numeral 1) en el artículo 396 del Código Orgánico Integral Penal, para que la persona que, por cualquier medio, inclusive a través de cualquiera de las tecnologías de la información y comunicación, profiera expresiones en descrédito o deshonra en contra de otra, ya sea mediante lenguaje violento, agresivo, vulgar u hostil, sea sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días.
La asambleísta Johana Moreira, de la Izquierda Democrática (ID), planteó al Pleno que tampoco se de paso a la objeción presidencial al artículo 1 del proyecto, sobre la “pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes”. Sin embargo, la moción obtuvo 80 de los 92 votos requeridos.
La transitoria tercera del proyecto dispone a las autoridades educativos del nivel básico y superior incluir en las mallas curriculares o programas académicos y asignaturas que permitan promover una cultura saludable de consentimiento, una vida libre de violencia tanto on line como off line, prevenir la violencia sexual digital y todo tipo de estereotipos y tabús propios de la cultura de la violación, así como fortalecer la lucha contra los delitos informáticos.
El ponente del informe, Alejandro Jaramillo (ID), subrayó que el acoso sexual, tanto contra niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad ha crecido a niveles descomunales. Igual tratamiento han tenido las mujeres, al vulnerarse sus derechos a la igualdad, equidad y participación, sin violencia.
Recordó que Ecuador ha suscrito acuerdos y tratados internacionales en materias relacionadas con la erradicación de estas formas de violencia digital, así como en el ámbito de la lucha contra los delitos informáticos.
De la reforma se excluyó la tipificación penal del acoso laboral, en vista de que esa figura ya se incorporó en el Código del Trabajo; el Ejecutivo argumentó que trasladar al ámbito penal la figura del acoso laboral es desproporcional.
El Pleno se allanó a la mayoría de las 19 objeciones, entre ellas una que permite la difusión del secreto cuando se trate de asuntos de interés público, como una medida para enfrentrar la corrupción.