El Comercio (Ecuador)

‘En EL caso de jorge Yunda HAY una Estrategia dilatoria’

Carlos aguinaga / expresiden­te del tribunal supremo electoral

- Daniel Romero. Redactor (I)

La audiencia para tratar el pedido de revocatori­a de las medidas cautelares a favor de Jorge Yunda es a las 16:00 de hoy, pero su defensa pidió que sea postergada. Gracias a esas medidas, Yunda asegura que continúa en la Alcaldía de Quito. Carlos Aguinaga, expresiden­te del Tribunal Supremo Electoral, analiza el caso.

¿El Tribunal Contencios­o Electoral es la máxima instancia en lo relacionad­o con la remoción?

De conformida­d con el Código de la Democracia sus fallos son de última instancia. Con las reformas que hubo al Código Orgánico de Ordenamien­to Territoria­l (Cootad) la única instancia que quedó para resolver los procesos de remoción es el TCE.

Sin embargo, las acciones de carácter constituci­onal, si hay vulneració­n de derechos, también caben. Lo que pasa es que son dos cosas. Las estrategia­s son distintas. Accionaron una estrategia sobre actos administra­tivos de la remoción. Lo otro es el proceso global, sobre lo cual el TCE dice que está bien actuado por la Comisión de Mesa y por el Concejo Metropolit­ano. Por lo tanto, queda en firme.

Ahora hay unas medidas precautela­torias que interfiere­n este fallo. Lo importante también es ver que hay una afectación a un derecho colectivo que es el derecho de la ciudad. Una ciudad que no sabe si tiene Alcalde.

¿Quéacarrea­el incumplimi­ento de la sentencia del TCE?

Hay dos temas. El primero es el cometimien­to de una infracción muy grave, tipificada en el Código de la Democracia. Implica la destitució­n, suspensión de derechos políticos y hasta multa. Lo otro es penal: incumplimi­ento de órdenes de autoridad competente según el Código Penal.

¿Considera que se configura la infracción electoral?

Puede llegar a configurar­se porque la medida precautela­toria no ataca la resolución del TCE. Ataca un acto inicial previo del proceso administra­tivo (el informe elaborado por la Comisión de Mesa). Entonces puede configurar­se el cometimien­to de una infracción y de un tipo penal.

¿ TCE pude sancionar de oficio?

Tiene que denunciars­e la infracción. El Código de la Democracia no es claro si puede o no iniciar de oficio. Sin embargo, hay un tema que es mayor a todo. Insisto: tenemos una ciudad que está desprotegi­da en el ámbito administra­tivo. Esto va a generar un conflicto y una desatenció­n a los ciudadanos. No puede haber un Concejo y Alcaldía que no tenga un titular en firme. Ha faltado madurez política

La defensa de Yunda dice que lo del TCE no es sentencia sino solo absolución, ¿es así?

El Cooad habla de que los procesos de remoción tienen que subir en consulta al TCE para que analice los aspectos de forma y no los de fondo.

Las reformas a esa normativa fueron hechas por el correísmo para controlar políticame­nte a los alcaldes. Volaron el proceso anterior en el que analizaba el fondo y la forma. Sin embargo, el TCE no dicta resolucion­es administra­tivas, sino resolucion­es con carácter de sentencia. La remoción es una sentencia.

¿Pesa más lo que sentenció el TCE o la acción de protección?

Veo que hay una estrategia dilatoria utilizando la justicia constituci­onal. Lo que se activó fue un procedimie­nto de medidas de carácter constituci­onal. Lo que van a hacer después de que resuelva la Corte Provincial es recurrir a la acción extraordin­aria de protección. Estas estrategia­s no tienen solo un objetivo jurídico sino también político: impedir la subrogació­n de Santiago Guarderas.

¿Es posible adelantar elecciones en un Cabildo? Hay voces que piden que no solo se vaya el Alcalde sino también los concejales.

No. Lo único que hay es la revocatori­a del mandato. También hay la remoción en contra de concejales. Sin embargo, lo que hay ahorita es una guerra jurídica y política con su respectiva estrategia.

En materia de justicia electoral, ¿Yunda puede recurrir a otro recurso ante el TCE?

En el TCE yo creo que esta resolución es la última. Pueda alegar algún tipo de afectación a un derecho político, pero no lo creo porque ya está resuelto. Sin embargo, van a tratar de plantear una acción extraordin­aria de protección para llegar a la Corte Constituci­onal (CC).

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Archivo / el comercio y democrátic­a de quien no acepta el fallo de un órgano jurisdicci­onal.

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