NATURALEZA: ORDINARIO. JUICIO No: 01204-2022-07112. ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO. ACTOR: GUINANSACA PINOS ROSA ELENA. DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SR. ÁNGEL CLEMENTE PUGLLA PINEDA. CUANTIA: INDETERMINADA. PROVIDENCIA: JUZGAD
Cuenca, viernes 10 de marzo del 2023, a las 15h33.- VISTOS: Incorporese a los autos escrito presentado.-Cumplido lo dispuesto.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario. -Con el juramento rendido por la parte actora de desconocimiento de herederos presuntos y desconocidos, Se ordena la citación a los herederos presuntos y desconocidos del señor ANGEL CLEMENTE PUGLLA PINEDA, CITACION que se realizará por intermedio de publicaciones de prensa conforme determina el Articulo 56 en relación con el Articulo 58 del COGEP, Confiérase el extracto de publicación respectivo, mismo que se entregará en Coordinación de la Unidad Judicial de Familia, en atención a lo solicitado por la actora. De haberlo la actora proporcionado la dirección de correo electrónico de los herederos presuntos y desconocidos demandados, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda.