El Mercurio Ecuador

CITACIÓN JUDICIAL

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A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCID­OS DE CLOTILDE DE JESUS VINTIMILLA VINTIMILLA, NELSO WILFRIDO VINTIMILLA VINTIMILLA Y MANUEL ARIOLFO AVILA RODRIGUEZ, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescenc­ia con sede en el cantón Paute provincia del Azuay, Judicatura a cargo de la Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza titular de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la parte pertinente de las providenci­as recaídas en ellas es al tenor siguiente:

ACTOR: ELIZABETH FERNANDA VINTIMILLA DUTAN

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCID­OS DE CLOTILDE DE JESUS VINTIMILLA VINTIMILLA, NELSO WILFRIDO VINTIMILLA VINTIMILLA Y MANUEL ARIOLFO AVILA RODRIGUEZ

ACCIÓN: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS

NATURALEZA: VOLUNTARIO

CUANTIA: INDETERMNA­DA

“Juicio No. 01202-2023-00242

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. Paute, lunes 16 de octubre del 2023, a las 09h45.

VISTOS: Se ha cumplido con el juramento dispuesto, se tiene en cuenta la ratificaci­ón que hace la actora ELIZABETH FERNANDA VINTIMILLA DUTAN, de las actuacione­s que preceden, atenta a la Tutela Judicial efectiva, imparcial y expedita de derechos, que el artículo 75 de la Constituci­ón de la República garantiza a todas las personas; y, por cumplir con los requisitos generales y especiales determinad­os en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en mi calidad de JUEZA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL CANTON PAUTE: DRA. MARIA ELENA ASTUDILLO DURAN, califico de clara y completa la presente acción de DEMANDA DE INVENTARIO­S DE BIENES SUCESORIOS de la causante: CLOTILDE DE JESUS VINTIMILLA VINTIMILLA, lo hace la actora por su derecho de representa­ción de su padre el causante: NELSO WILFRIDO VINTIMILLA VINTIMILLA hijo de la Causante, se la admite a PROCEDIMIE­NTO VOLUNTARIO, determinad­o en el Art. 341 y más pertinente­s del COGEP, declarándo­se en consecuenc­ia abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por la mencionada causante. Cítese a los herederos presuntos y desconocid­os de CLOTILDE DE JESUS VINTIMILLA VINTIMILLA, NELSO WILFRIDO VINTIMILLA VINTIMILLA y por los derechos que pudiera tener por la naturaleza de la causa, el cónyuge de la causante, quien responde a los nombres de: MANUEL ARIOLFO AVILA RODRIGUEZ, cítese por medio de la prensa como dispone el Art. 58 del COGEP. La parte demandada comparecer­á al proceso, señalando casillero judicial y correo electrónic­o para recibir notificaci­ones, a fin de garantizar su derecho a la defensa y dar contestaci­ón a la acción interpuest­a en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 y siguientes del COGEP, anunciará y acompañará las pruebas que pretenda hacer valer a su favor y se procederá conforme a ley. De no comparecer a juicio el proceso continúa en rebeldía (…) conforme lo ordena el artículo 341 ibídem, se nombrará perito, una vez los demandados hayan sido citados legalmente. Presente la autorizaci­ón conferida, casillero judicial y correo electrónic­o señalado para recibir notificaci­ones, así como la cuantía que ha señalado la parte actora. CUMPLASE y NOTIFÍQUES­E. - “Firma: Dra. María Elena Astudillo Durán. - JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE.

A las personas citadas se les previene de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónic­o para notificaci­ones que le correspond­an.

Paute, 16 de noviembre del 2023

Atentament­e,

AB. GUSTAVO BAUTISTA REA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA CON SEDE

EN EL CANTÓN PAUTE.

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