El Mercurio Ecuador

Juicio No. 01333-2023-00495 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 23 de octubre del 2023, a las 11h22. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

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EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR LA ABG. PATRICIA AVILA CAMPOVERDE, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA, COMISIONA AL SEÑOR TENIENTE POLÍTICO DE LA PARROQUIA TURI LA PRÁCTICA DE LA DILIGENCIA ORDENADA DENTRO DEL JUICIO N.º 01333-2023-00495 CONFORME PROVIDENCI­A QUE COPIADA DICE:

MATERIA: CIVIL - ORDINARIO

JUICIO: N.º 01333-2023- 00495

ASUNTO: PRESCRIPCI­ON EXTRAORDIN­ARIA ADQUISITIV­A DE DOMINIO

ACTOR: LOJA GUARTAMBEL ANA LUZMILA

DEMANDADO: MARÍA ROSA ESPERANZA LOJA GUARTAMBEL, LUIS ANTONIO LOJA GUARTAMBEL, MARÍA DE JESUS LOJA GUARTAMBEL, JUAN MOISÉS LOJA GUARTAMBEL Y OTROS

Juicio No. 01333-2023-00495

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 9 de mayo del 2023, a las 08h57.

Toda vez que se ha dado cumplimien­to a lo dispuesto dentro de la presente causa. La demanda que antecede, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).A los demandados MARÍA ROSA ESPERANZA LOJA GUARTAMBEL, LUIS ANTONIO LOJA GUARTAMBEL, MARÍA DE JESUS LOJA GUARTAMBEL, JUAN MOISÉS LOJA GUARTAMBEL, se las citará en la dirección constante en el libelo de la demanda para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Turi, la para cual por secretaría debe emitirse el despacho correspond­iente. A los herederos desconocid­os de los causantes LUIS ANTONIO LOJA LOJA, MARÍA HORTENSIA GUARTAMBEL TUAPANTE y MARÍA CARMEN GUARTAMBEL PINTADO, se lo citará de conformida­d con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es en uno de los periódicos, de amplia circulació­n de nivel nacional, para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, librará el extracto correspond­iente. De conformida­d con la Disposició­n General Décima del COOTAD, Cítese al ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO del Gobierno Autónomo Descentral­izado del cantón Cuenca, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificad­a de los documentos adjuntos y este auto inicial, el señor secretario del juzgado realizará las gestiones pertinente­s, para que se cumpla dicha citación. La parte actora, debe entregar al señor secretario las copias necesarias para la citación a través de la oficina de citaciones. Los demandados, deberán dar contestaci­ón a la demanda en el término de TREINTA días conforme lo establece el Art. 291, inciso segundo ibídem. Conforme lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del COGEP, se dispone la inscripció­n de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, para lo cual se entregará por secretaría la documentac­ión necesaria, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda, debiendo el accionante presentar el certificad­o respectivo, conforme lo dispone el Art. 146 inciso sexto de cuerpo legal antes mentado. En cuenta la cuantía y la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciam­iento en la audiencia respectiva. En cuenta la autorizaci­ón que realiza la parte actora a sus abogados defensores; así como la casilla judicial y correos electrónic­os que señala para recibir notificaci­ones.-NOTIFÍQUES­E.

Cuenca, 23 de octubre de 2023

Abg. Patricia Avila Campoverde.

JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

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