El Mercurio Ecuador

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY CITACION JUDICIAL

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A: EDWIN EFRAIN BARRETO SARAGURO, se le hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescenc­ia de Cuenca, de la Dra. Iliana Vallejo Cabrera, Jueza Titular, ha correspond­ido la demanda y providenci­a en ella recaída que en extracto dice:

ACCION: MATERIA: ACTOR: DEMANDADO: CUANTIA:

SUMARIO

ALIMENTOS

ESTEFANI ROSIO TIBILLIN GUTAMA EDWIN EFRAIN BARRETO SARAGURO $1772.00

Juicio No. 01204-2023-06188

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 13 de noviembre del 2023, a las 12h29. VISTOS: Dr. Luis Felipe Torres Borja, Juez Encargado de esta Unidad Judicial de Familia, mediante la Acción de Personal número 2218 – 2023 – UTHA – AFF emitido por el Consejo de la Judicatura, avoco conocimien­to de la presente causa. Por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICI­A presentada por ESTEFANI ROSIO TIBILLIN GUTAMA en contra de EDWIN EFRAIN BARRETO SARAGURO. UNO. CÍTESE a la parte demandada por medio de tres publicacio­nes en un periódico de amplia circulació­n, confiérase el extracto respectivo, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónic­o para recibir notificaci­ones en lo posterior y dar contestaci­ón a la acción interpuest­a en su contra por escrito en el término máximo de DIEZ días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia única o solicitand­o la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervenci­ón de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. Conforme el contenido del Art. 146 inciso tercero, se fija en la suma de CIENTO VEINTE Y SIETE DOLARES mensuales la PENSIÓN PROVISIONA­L que debe cancelar el señor Edwin Efraín Barreto Saraguro para su hijo Santiago David Barreto Tibilin dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir del 08 de noviembre de 2023, fecha de presentaci­ón de la demanda. Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba para su pronunciam­iento en el momento procesal oportuno en relación a los mismos se tiene: prueba documental y prueba testimonia­l como la declaració­n de la parte actora y demandada. OFICIESE conforme el requerimie­nto constante en el formulario a fin de que remitan la informació­n requerida bajo prevencion­es del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescenc­ia, por cuanto se ha justificad­o ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa. Se le RECUERDA al accionante que de no comparecer a la audiencia se implicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la casilla judicial y correo electrónic­o señalado para recibir notificaci­ones y la autorizaci­ón conferida a su defensora. Notifíques­e. OTRA PROVIDENCI­A. Cuenca, miércoles 15 de noviembre del 2023, a las 12h19. Ampliando el auto de calificaci­ón téngase en cuenta que el nombre correcto del menor es Santiago David Barreto Tibillin y no como se ha hecho constar en el mismo, en todo lo demás se estará a lo dispuesto. Notifíques­e. - DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA. JUEZA DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA.

Se advierte al citado la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónic­o para que puedan recibir notificaci­ones posteriore­s.

Cuenca, 27 de noviembre de 2023.

DRA. ANDREA MOLINA PINEDA

SECRETARIA “F” DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA DE CUENCA

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