Naturaleza: ORDINARIO Materia: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO Actores: TOLEDO GARCIA PAOLA GUADALUPE Demandados: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MESIAS VICENTE GARCIA GARCIA, HEREDEROS DESCONOCIDOS DE ROSENDO MIGUEL GARCIA GARCIA, HEREDER
En cuenta la razón actuarial que antecede. Avoco conocimiento en mi calidad de jueza de la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca y por el sorteo de ley. La demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio que antecede, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite en procedimiento ORDINARIO. Cítese a la parte demandada LUIS HUMBERTO, JOSE GABRIEL, PEDRO BENJAMIN Y JULIA ROSA GARCIA GARCIA, en el lugar señalado mediante la Oficina de Citaciones. A JULIO MESIAS, SANDRA VERONICA, WILSON GUSTAVO, MARIA DEL CARMEN, JUAN CARLOS, RUTH CECILIA Y BLANCA ILDA GARCIA ARIAS, A NORMA JUDITH GARCIA GALARZA en el lugar señalado, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Sinincay, de este cantón. A CARMEN JACQUELINE, MARCO IGNACIO, BENJAMIN GILBERTO, MARIA EUGENIA, FREDY RAFAEL, KLEVER VICENTE, JULIA SOLEDAD, DIEGO ANTONIO, NARCISA DE JESUS Y ANA ISABEL GARCIA TOLEDO, n el lugar señalado, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Sinincay, de este cantón. A los herederos desconocidos de los causantes LUIS BENJAMIN GARCIA SALDAÑA, JULIA ELENA GARCIA SALDAÑA, ROSENDO MIGUEL GARCIA GARCIA Y MESIAS VICENTE GARCIA GARCIA, se les citará mediante publicaciones por la prensa conforme establecen los arts. 56 y 58 del COGEP. La parte demandada de conformidad con el inciso segundo del Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de TREINTA DÍAS, contestará la demanda en la forma establecida en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. PREVIO A LA CITACION inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad, conforme lo establecido en el Art. 146 del COGEP. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SINDICO DEL GAD MUNICIPAL DE CUENCA, en sus despachos, por intermedio de la Oficina de Citaciones. La actuaria confiera las copias, despacho y el extracto que corresponden. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. A la parte demandada se le citará además en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme establece la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados por la parte accionante, así como la autorización que confiere a su abogado defensor. Hágase saber.-” F. Dra. Ximena Tapia Maldonado, Jueza.
A la parte demanda se le previene la obligación que tiene de señala casilla judicial para notificaciones posteriores.
Cuenca, 10 de octubre del 2023.