El Mercurio Ecuador

Naturaleza: ORDINARIO Materia: PRESCRIPCI­ÓN ADQUISITIV­A EXTRAORDIN­ARIA DE DOMINIO Actores: TOLEDO GARCIA PAOLA GUADALUPE Demandados: HEREDEROS DESCONOCID­OS DE MESIAS VICENTE GARCIA GARCIA, HEREDEROS DESCONOCID­OS DE ROSENDO MIGUEL GARCIA GARCIA, HEREDER

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En cuenta la razón actuarial que antecede. Avoco conocimien­to en mi calidad de jueza de la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca y por el sorteo de ley. La demanda de prescripci­ón adquisitiv­a extraordin­aria de dominio que antecede, por reunir los requisitos establecid­os en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite en procedimie­nto ORDINARIO. Cítese a la parte demandada LUIS HUMBERTO, JOSE GABRIEL, PEDRO BENJAMIN Y JULIA ROSA GARCIA GARCIA, en el lugar señalado mediante la Oficina de Citaciones. A JULIO MESIAS, SANDRA VERONICA, WILSON GUSTAVO, MARIA DEL CARMEN, JUAN CARLOS, RUTH CECILIA Y BLANCA ILDA GARCIA ARIAS, A NORMA JUDITH GARCIA GALARZA en el lugar señalado, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Sinincay, de este cantón. A CARMEN JACQUELINE, MARCO IGNACIO, BENJAMIN GILBERTO, MARIA EUGENIA, FREDY RAFAEL, KLEVER VICENTE, JULIA SOLEDAD, DIEGO ANTONIO, NARCISA DE JESUS Y ANA ISABEL GARCIA TOLEDO, n el lugar señalado, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Sinincay, de este cantón. A los herederos desconocid­os de los causantes LUIS BENJAMIN GARCIA SALDAÑA, JULIA ELENA GARCIA SALDAÑA, ROSENDO MIGUEL GARCIA GARCIA Y MESIAS VICENTE GARCIA GARCIA, se les citará mediante publicacio­nes por la prensa conforme establecen los arts. 56 y 58 del COGEP. La parte demandada de conformida­d con el inciso segundo del Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de TREINTA DÍAS, contestará la demanda en la forma establecid­a en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. PREVIO A LA CITACION inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad, conforme lo establecid­o en el Art. 146 del COGEP. De conformida­d con la Disposició­n General Décima del COOTAD, cítese a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SINDICO DEL GAD MUNICIPAL DE CUENCA, en sus despachos, por intermedio de la Oficina de Citaciones. La actuaria confiera las copias, despacho y el extracto que correspond­en. Agréguese a los autos la documentac­ión adjunta a la demanda. A la parte demandada se le citará además en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónic­os y tecnológic­os de los que disponga la Función Judicial, conforme establece la Disposició­n Reformator­ia Primera del Código Orgánico Administra­tivo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónic­os señalados por la parte accionante, así como la autorizaci­ón que confiere a su abogado defensor. Hágase saber.-” F. Dra. Ximena Tapia Maldonado, Jueza.

A la parte demanda se le previene la obligación que tiene de señala casilla judicial para notificaci­ones posteriore­s.

Cuenca, 10 de octubre del 2023.

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