REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN DE PAUTE CITACION JUDICIAL
A: SEGUNDO ALEJANDRO CAGUANA BARRERA, se le hace saber que en la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Paute, a cargo del Sr. Juez Doctor Leonardo Fabián Verdugo Mendoza, correspondió la demanda y providencias recaídas, que, en extracto, dice:
Naturaleza: EJECUTIVO
Materia:COBRO DE PAGARE A LA ORDEN
Número: 01332-2023-00148.
Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA.
Demandado SEGUNDO ALEJANDRO CAGUANA BARRERA Y OTROS
Cuantía: $ 20.123,17
“Juicio No. 01332-2023-00148
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. Paute, lunes 5 de junio del 2023, a las 09h04.
VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de ley practicado, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Paute de la provincia del Azuay. En lo principal.- La demanda presentada por la Ab. Rina Daniela Solano Naula, en calidad de Procuradora Judicial del Gerente y Representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jardín Azuayo Ltda., conforme lo justifica con la documentación que adjunta a la demanda; por cumplir con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del COGEP, se la califica y se la acepta a trámite en Procedimiento Ejecutivo, pues el título acompañado y la obligación en él contenida prestan mérito ejecutivo, de conformidad con lo que establece los Arts. 347.5 y 348 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, cítese en legal y debida forma a los demandados Edison Leonardo Caguana Merchán, en calidad de deudor principal, y a Xavier Alejandro Caguana Merchán; Carmen Leticia Merchán Méndez; y, Segundo Alejandro Caguana Barrera en calidad de avalistas, en los domicilios señalados, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto de sustanciación. Para la diligencia de citación al primer demandado, se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil con sede en el cantón Gualaceo, a quien el señor secretario del Juzgado remitirá suficiente despacho, ofreciendo al señor/a Juez deprecado reciprocidad en casos análogos. Mientras a los otros demandados se lo realizará a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Conforme al inciso quinto del Art. 351 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda y proponga las excepciones legales de que se crea asistida (Art. 353 COGEP), bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la misma que no será susceptible de recurso alguno según lo establecido en el Art. 352 Ibídem. Por fijada la cuantía.- Agréguese la documentación adjunta a la demanda. Notifíquese a la parte actora en las direcciones electrónicas señaladas. En cuenta la autorización conferida a su defensor. Cítese y Notifíquese.-” F) DR. LEONARDO FABIAN VERDUGO MENDOZA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PAUTE.
OTRA PROVIDENCIA:
“Juicio No. 01332-2023-00148
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. Paute, miércoles 22 de noviembre del 2023, a las 10h58.
VISTOS.- Conforme el juramento rendido por la parte accionante y observando la información contenida en el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se dispone que se cite al demandado Segundo Alejandro Caguana Barrera, con cédula No. 0301082723, mediante carteles que se fijarán en el consulado, y mediante los portales electrónicos consulares oficiales del Ecuador en la ciudad de New York, Estados Unidos para cuyos efectos el actuario del Juzgado envíe despacho en legal y debida forma al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, adjuntando copias certificadas de las piezas procesales pertinentes. Sin embargo, con el fin de garantizar el derecho a la defensa del demandado, cítese también mediante publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel provincial conforme el Art. 56 del COGEP; Secretaría libre el extracto que corresponde. -NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.” F) DR. LEONARDO FABIAN VERDUGO MENDOZA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PAUTE.
Al citado se le previene de la obligación legal de señalar casilla judicial para notificaciones posteriores. Paute, 22 de noviembre de 2023.
Atentamente,
AB. RAUL ALBERTO SAETEROS MOLINA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE