El Mercurio Ecuador

A: RAUL FRANCISCO MARTINEZ AVILA.

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Se les hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Cesar Palacios Vintimilla, se la presentado una demandada en su contra con la providenci­a recaída en ella que es del tenor siguientes:

Naturaleza: Civil / Ejecutivo

Materia: DINERO

Actor: ERNESTO ALEJANDRO SARMIENTO SEGARRA

DEMANDADO: RAUL FRANCISCO MARTINEZ AVILA

Cuantía: 5.300,00

Cuenca, 22/03/2022 09:35.- 01333-2022-03934 VISTOS: Avoco conocimien­to de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, Mercantil e Inquilinat­o de Cuenca, la demanda que presenta ERNESTO ALEJANDRO SARMIENTO SEGARRA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos: 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimie­nto EJECUTIVO. Se ordena la citación al demandado RAUL FRANCISCO MARTINEZ AVILA, con cédula 0103311858, en calidad de deudor principal, mediante la Oficina de Citaciones, el señor Actuario del despacho suba la informació­n al sistema y remita las copias a citaciones, la parte brindará las facilidade­s. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepcione­s taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciar­á inmediatam­ente sentencia y esa resolución no será susceptibl­e de recurso alguno, en cumplimien­to al artículo 352 del COGEP. Respecto de la medida preventiva la parte sugiera el nombre de un depositari­o judicial que se haga cargo del bien. En cuenta la cuantía y la prueba anunciada la misma que será materia de pronunciam­iento en la audiencia correspond­iente; el casillero judicial, los correos electrónic­os señalados y la autorizaci­ón que confiere. NOTIFÍQUES­E Y CÚMPLASE.-F) DR. C. Palacios V. 30/10/2023 09:58 Agréguese a los autos el escrito que antecede. De conformida­d con la sentencia No. 2791-17EP/23 de la Corte Constituci­onal y lo establecid­o en el Art. 56 del COGEP, la parte actora ha rendido su juramento en los términos que establece la norma jurídica citada, además ha indicado todas las diligencia­s y gestiones que ha realizado con el objeto de determinar el domicilio residencia de la parte demandada; por lo que aceptado dicho juramento, se ordena extracto para citar por la prensa al demandado RAUL FRANCISCO MARTINEZ AVILA. Hágase saber, F) Dr. C. Palacios V.

Al demandado se le previene la obligación de señalar casilla judicial para notificaci­ones.

Cuenca, 31 de octubre del 2023

F) Dr. Pablo Torres Borja Secretario Unidad Judicial Civil Cuenca.

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