UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACIÓN JUDICIAL
A. los herederos desconocidos de los ciudadanos fallecidos HUMBERTO QUIZHPI GUILLÉN y FILOMENA ASPACIA GUAMBAÑA SIAVICHAY, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia., Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con las providencias recaída en ella, es al tenor siguiente:
ACTOR: QUINDI LOJA ISIDORO.
DEMANDADO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE HUMBERTO QUIZHPI GUILLÉN Y FILOMENA ASPACIA GUAMBAÑA SIAVICHAY Y OTROS.
ACCION: ORDINARIO
TRÁMITE: PRESCRPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.
CUANTÍA: $ 58.250,59
JUICIO N°. 01333-2023-06053
6053-23 VISTOS: Por el sorteo de Ley, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca. Cumplido con lo ordenado y visto que la demanda presentada por Quindi Loja Isidoro cumple con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándola en PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese a los demandados Luis Polivio Quizhpi Guillén y Filomena Aspacia Guambaña Siavichay, en la dirección que se ha señalado, remítanse las copias pertinentes a la Oficina de Citaciones con este objetivo. Aceptando el juramento que se ha rendido, en sujeción a lo establecido en el Art. 56 en relación con el Art. 58 del COGEP cítese a los herederos desconocidos de los ciudadanos fallecidos HUMBERTO QUIZHPI GUILLÉN y FILOMENA ASPACIA GUAMBAÑA SIAVICHAY por tres publicaciones por la prensa. Así también en cumplimiento de la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017, cítese a la parte accionada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Citados todos los accionados de conformidad con el inc. 2° del Art. 291 Código Orgánico General de Procesos en el término de TREINTA DÍAS contestarán a la demanda, contestación a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte accionante. Inscríbase la demanda previo a la citación conforme a lo establecido en el inciso 5° del Art. 146 del COGEP, por secretaría se entregará la documentación. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, en sus despachos por intermedio de la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial, los correos electrónicos, así como la autorización que confiere. - Hágase saber. - F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA. - Vistos: Agréguese a los autos el escrito presentado. Por un lapsus en el auto de calificación se observa haberse deslizado un error se ha dispuesto que se cite a los accionados Luis Polivio Quizhpi Guillén, y, Filomena Aspacia Guambaña Siavichay, cuando lo correcto y que deberá entenderse para todos sus efectos es que, se dispone que se cite a los demandados. Luis Polivio Quizhpi Guillén, y, Amable Rodrigo Quizhpi Guambaña, así aclarado este particular y subsanando el error deslizado en lo que respecta a la identificación de uno de los accionados, se dispone que en lo demás se esté a lo dispuesto en el auto en mención, en las copias y extracto a remitirse se incluirá este auto. Notifíquese. F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca.
A la parte accionada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. -
Cuenca, 29 de agosto del 2023.
Ab. Esperanza Campoverde Andrade. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA