NOTIFICACIÓN
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del Cantón Sucúa con fecha 23 de noviembre del 2023, y una vez que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el Art. 7 de la Reforma a la Ordenanza Sustitutiva que Regula el Proceso de Legalización de los Bienes Inmuebles Mostrencos, en Posesión de los Particulares o Instituciones Públicas o Privadas Ubicados en la Zona Urbana de la Parroquia Urbana y Rurales del Cantón Sucúa; y en concordancia con el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD; y, de acuerdo con el expediente remitido por el Procurador Síndico Municipal; el Concejo Cantonal resuelve declarar como bien inmueble mostrenco el predio en posesión del Sr. CARLOS AUGUSTO GOMEZ RODAS portador de la Cédula de Ciudadanía n°1400372379. Inmueble ubicado en la Calle Manuel González entre Calle Sucre y Calle 2 de Octubre de la Parroquia Huambi del Cantón Sucúa Provincia de Morona Santiago, con clave catastral n° 14065221012012000 y que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: Al NORTE: Con predio de Gómez Rodas German Gilberto en 22.47 metros. Al SUR: Con el predio de Andrade Yanza Marilu Filomena en 20.53 metros. Al ESTE: Con predio de Gómez Rodas Victoria Adelina en 20.93 metros. Y al OESTE: Con la Calle Manuel González en 21.39 metros. Predio de la cabida de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (453.65 mts2) predio que no cuenta con afección de ninguna naturaleza. Inmueble cuyo avalúo es de USD$. 22153.74. Dese cumplimiento a las exigencias establecidas en el Art. 7 numeral 9 de la ordenanza Ibidem en mención. Los particulares que se consideren afectados por la declaratoria de bien inmueble mostrenco, deberán presentar por escrito el reclamo respectivo con documentación de respaldo en la Secretaría General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Sucúa, ubicada en la segunda planta del Palacio Municipal (Av. Domingo Comín y Pastor Bernal s/n). En caso de no existir reclamo alguno; en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación por la prensa de la presente resolución, se procederá a la adjudicación de este predio a favor del peticionario. Se procederá a costa del peticionario a publicar un extracto de esta resolución por única vez en un diario del Cantón, de haber, caso contrario, se lo hará en uno de la provincia o de lugar más cercano. También deberá ser publicado en carteleras ubicadas en el Palacio Municipal; en la página web municipal, y en el predio, este último a cargo de la Dirección de Ordenamiento Territorial durante tres días consecutivos.
Atentamente;
Mgs. Zulay Ávila Jara
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO DEL GADMC SUCÚA.