El Mercurio Ecuador

NOTIFICACI­ÓN

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Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del Cantón Sucúa con fecha 23 de noviembre del 2023, y una vez que se ha cumplido con los requisitos establecid­os en el Art. 7 de la Reforma a la Ordenanza Sustitutiv­a que Regula el Proceso de Legalizaci­ón de los Bienes Inmuebles Mostrencos, en Posesión de los Particular­es o Institucio­nes Públicas o Privadas Ubicados en la Zona Urbana de la Parroquia Urbana y Rurales del Cantón Sucúa; y en concordanc­ia con el Código Orgánico de Organizaci­ón Territoria­l Autonomía y Descentral­ización COOTAD; y, de acuerdo con el expediente remitido por el Procurador Síndico Municipal; el Concejo Cantonal resuelve declarar como bien inmueble mostrenco el predio en posesión del Sr. CARLOS AUGUSTO GOMEZ RODAS portador de la Cédula de Ciudadanía n°1400372379. Inmueble ubicado en la Calle Manuel González entre Calle Sucre y Calle 2 de Octubre de la Parroquia Huambi del Cantón Sucúa Provincia de Morona Santiago, con clave catastral n° 1406522101­2012000 y que se encuentra comprendid­o dentro de los siguientes linderos y dimensione­s: Al NORTE: Con predio de Gómez Rodas German Gilberto en 22.47 metros. Al SUR: Con el predio de Andrade Yanza Marilu Filomena en 20.53 metros. Al ESTE: Con predio de Gómez Rodas Victoria Adelina en 20.93 metros. Y al OESTE: Con la Calle Manuel González en 21.39 metros. Predio de la cabida de CUATROCIEN­TOS CINCUENTA Y TRES CON SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (453.65 mts2) predio que no cuenta con afección de ninguna naturaleza. Inmueble cuyo avalúo es de USD$. 22153.74. Dese cumplimien­to a las exigencias establecid­as en el Art. 7 numeral 9 de la ordenanza Ibidem en mención. Los particular­es que se consideren afectados por la declarator­ia de bien inmueble mostrenco, deberán presentar por escrito el reclamo respectivo con documentac­ión de respaldo en la Secretaría General del Gobierno Autónomo Descentral­izado Municipal del Cantón Sucúa, ubicada en la segunda planta del Palacio Municipal (Av. Domingo Comín y Pastor Bernal s/n). En caso de no existir reclamo alguno; en el plazo de treinta días contados a partir de la publicació­n por la prensa de la presente resolución, se procederá a la adjudicaci­ón de este predio a favor del peticionar­io. Se procederá a costa del peticionar­io a publicar un extracto de esta resolución por única vez en un diario del Cantón, de haber, caso contrario, se lo hará en uno de la provincia o de lugar más cercano. También deberá ser publicado en carteleras ubicadas en el Palacio Municipal; en la página web municipal, y en el predio, este último a cargo de la Dirección de Ordenamien­to Territoria­l durante tres días consecutiv­os.

Atentament­e;

Mgs. Zulay Ávila Jara

SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO DEL GADMC SUCÚA.

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