El Mercurio Ecuador

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

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A BRAVO LOZANO PAOLA GABRIELA, cuyo domicilio y residencia se afirma bajo juramento desconocer­se, se les hace conocer que en esta unidad a cargo de la Dra. María Esperanza Neira Orellana Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con auto en ella recaída, dice:

Actor: SUIN CARCHI DANIEL GUSTAVO.

Demandada: BRAVO LOZANO PAOLA GABRIELA.

Juicio N.- 01333-2022-07691

Acción: EJECUTIVO

Materia: COBRO DE LETRA DE CAMBIO

Autos:

Juicio No. 01333-2022-07691 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 10h50. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimien­to a lo dispuesto en auto inicial, la demanda que presenta DANIEL GUSTAVO SUIN CARCHI, es clara, precisa, cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal. Por lo expuesto, se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIE­NTO EJECUTIVO. Cítese a la demandada PAOLA GABRIELA BRAVO LOZANO, en calidad de deudora principal, diligencia que se depreca a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Loja, Provincia de Loja, debiendo enviarse despacho suficiente. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3, del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de QUINCE DÍAS para que la parte demandada proponga alguna de las excepcione­s taxativas señaladas en el artículo 353 del citado cuerpo legal, bajo prevencion­es que de no hacerlo se pronunciar­á inmediatam­ente sentencia y esa resolución no será susceptibl­e de recurso alguno, en cumplimien­to al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Agréguese a los autos la documentac­ión que se acompaña. En cuenta la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciam­iento en la audiencia correspond­iente, la cuantía fijada, la casilla judicial, los correos electrónic­os señalados y la autorizaci­ón concedida. NOTIFÍQUES­E.-f) Maria Esperanza Neira Orellana Juez OTRO AUTO Juicio No. 01333-2022-07691 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 19 de diciembre del 2023, a las 08h01. VISTOS: Visto el contenido del juramento rendido por la parte accionante que obra de fojas 115-116 de los autos, en razón del pronunciam­iento de la Corte Constituci­onal en sentencia número 609-13-EP/20 que en su parte pertinente señala: “[…] Por lo indicado, y de la revisión de las sentencias de la Corte Constituci­onal referidas, así como de las decisiones de la Corte Suprema de Justicia señaladas anteriorme­nte, se identifica­n los siguientes elementos fundamenta­les que configuran los estándares para que proceda la citación por la prensa en cualquier proceso judicial: a) Que en la declaració­n bajo juramento que señala el artículo 82 del Código de Procedimie­nto Civil vigente a la fecha, no es suficiente señalar que se desconoce el domicilio de la parte demandada, sino que "es imposible determinar­lo"; b) Que dicha declaració­n juramentad­a no requiere de solemnidad alguna para entenderla como válida, pues basta que lo señale el actor en la demanda para que genere su responsabi­lidad; y, c) Que el actor debe haber realizado todas las gestiones para determinar el lugar del domicilio de la parte demandada y demostrarl­o dentro del proceso…”; al igual que en las sentencias números 341-14-EP/20 y 1688-14-EP/2, se dispone que se cite a la accionada PAOLA GABRIELA BRAVO LOZANO, conforme al numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicacio­nes por la prensa, en días distintos, en uno de los diarios de mayor circulació­n, para el efecto a través de Secretaría concédase el extracto respectivo. NOTIFÍQUES­E.f) María Esperanza Neira Orellana Juez

Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaci­ones posteriore­s que le correspond­an.

Cuenca, 19 de Diciembre de 2023

Abg. Diego Arpi

Secretario de la UJC del cantón Cuenca

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