Actor: MARÍA BALDOMIRA ARGUDO PINOS Demandados: CARLOS AMABLE OTAVALO CORONEL, ELVA DOLORES, WILLIAM AMABLE, MARÍA EVA, LUZ ALICIA, FANNY NANCY, CARLOS IVÁN y RAMIRO PATRICIO OTAVALO LEÓN, así como los Herederos Desconocidos de: LUZ MARÍA LEÓN SINCHI. J
Juicio No. 01333-2023-07818 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 16 de noviembre del 2023, a las 11h19. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto, a la demanda presentada por la Doctora Mariana de Jesús Durán Durán, en su calidad de Procuradora Judicial de la señora MARÍA BALDOMIRA ARGUDO PINOS, por cumplir con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándola a trámite mediante procedimiento ordinario. Cítese a los accionados CARLOS AMABLE OTAVALO CORONEL; a los HEREDEROS CONOCIDOS DE LUZ MARÍA LEÓN SINCHI, los señores: ELVA DOLORES OTAVALO LEÓN, WILLIAM AMABLE OTAVALO LEÓN, MARÍA EVA OTAVALO LEÓN, LUZ ALICIA OTAVALO LEÓN, FANNY NANCY OTAVALO LEÓN, CARLOS IVÁN OTAVALO LEÓN y RAMIRO PATRICIO OTAVALO LEÓN; así como a los HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LUZ MARÍA LEÓN SINCHI. La citación se practicará de la siguiente manera: a Carlos Amable Otavalo Coronel, Elva Dolores Otavalo León, William Amable Otavalo León, María Eva Otavalo León, Luz Alicia Otavalo León y Fanny Nancy Otavalo León, en los domicilios señalados, mediante la Oficina de Citaciones, debiendo el Actuario del despacho ingresar la información al sistema y remitir las copias necesarias. En el caso de Carlos Iván Otavalo León, Ramiro Patricio Otavalo León y los herederos desconocidos de Luz María León Sinchi, a través de uno de los medios de comunicación, en la forma determinada por el artículo 58, en relación con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que confiérase el extracto respectivo. Citados todos los accionados, de conformidad con el inciso segundo del artículo 291 del mencionado cuerpo de leyes, en el término de TREINTA DÍAS contestarán la demanda, contestación a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, por intermedio de la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada. Téngase en cuenta la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciamiento en la audiencia correspondiente, la cuantía fijada, la casilla judicial, el casillero electrónico, el correo electrónico señalados y la autorización concedida. NOTIFÍQUESE.-f) Maria Esperanza Neira Orellana Juez
Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que le correspondan.
Cuenca, 19 de Diciembre de 2023