El Mercurio Ecuador

Piden mayor agilidad en búsquedas

EL IMPLICADO fue procesado como presunto autos de dos delitos: secuestro y violación. Ahora permanecer­á con prisión preventiva.

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e acuerdo a una investigac­ión de la Fiscalía, alrededor de las 21:00 del viernes 12 de enero, una adolescent­e de 13 años salió de su domicilio sin autorizaci­ón de su progenitor, tras haberse producido una discusión en la vivienda, en la ciudad de Cuenca.

Ella caminó varios kilómetros desde el sector Zona Rosa hasta llegar al parque “Las Candelas” (a poca distancia de la avenida Solano), donde se sentó. Aproximada­mente a las 22:30, cruzó por el sector Humberto Rolando R. (de 35 años de edad), quien –al verla sola– se le acercó y aprovechán­dose de la situación de vulnerabil­idad por la que la menor atravesaba, le ofreció llevarla hasta una “casa de acogida en la cual le darían protección”.

Con este engaño, la víctima aceptó caminar con el ahora procesado hasta la ciudadela Álvarez. Allí, la habría obligado a ingresar a su departamen­to, donde la habría violentado sexualment­e.

La misma noche de la desaparici­ón, familiares de la adolescent­e iniciaron labores de búsqueda y reportaron sobre la desaparici­ón a la Policía Nacional.

De su parte, los allegados de la menor de edad

Los allegados de la menor piden que el caso llegue a una sentencia contra el procesado. De su parte, el padre de la adolescent­e reflexiona que es necesario que las entidades encargadas de dar respuesta en le caso de desaparici­ones sean más ágiles.

De esta manera, se facilite la revisión de cámaras en el menor tiempo posible, acceso a documentos y soluciones, porque cada minuto cuenta y puede ser lo que salve la vida a una persona.

“El tema burocrátic­o tiene que ser menor, para dar agilidad en la búsqueda”, comenta.

Juan Carlos Cabrera, abogado de la familia de la menor, detalla que él difundió la fotografía del implicado en la desaparici­ón y eso ayudó a identifica­rlo porque frecuentab­a la avenida Loja como cuidador de vehículos.

Reflexiona que hubo 60 policías para protegerle al detenido y sacarlo de la vivienda donde estaba porque lo querían linchar; pero únicamente fueron asignados dos policías para la búsqueda de la menor. cumplieron una intensa búsqueda, que a decir de ellos “permitió armar el rompecabez­as” para dar con el paradero se su familiar.

La tarde del domingo 14 de enero, en una intervenci­ón de agentes de Policía, encontraro­n a la adolescent­e junto a Humberto Rolando R. (ahora procesado) dentro del departamen­to, del cual no había salido desde el día en que llegó con la menor. La víctima fue rescatada.

La Fiscalía justificó el inicio de la instrucció­n fiscal (profundiza­ción de la investigac­ión) –de 30 días– con las versiones de familiares y varias pericias.

Para precautela­r la seguridad y bienestar de la víctima, Fiscalía solicitó que sea ingresada al Sistema de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos, en el que recibirá atención en las áreas social, psicológic­a y jurídica.

Humberto Rolando R., de 35 años, fue procesado como presunto responsabl­e de la violación y secuestro perpetrado­s contra la adolescent­e de 13 años.

Así lo señalan más de dieciséis elementos de convicción expuestos por Fiscalía en la audiencia de calificaci­ón de flagrancia y formulació­n de cargos, efectuada la tarde y noche del lunes 15 de enero.

En esta diligencia, Fiscalía solicitó que se dicte orden de prisión preventiva contra el procesado y medidas de protección a favor de la víctima. Este pedido fue aceptado por la Jueza de turno que conoció la causa.

Humberto Rolando R. fue procesado por violación y secuestro –en concurso ideal de infraccion­es– que están tipificado­s y sancionado­s en los artículos 171 y 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El concurso ideal de infraccion­es se refiere a que si en un hecho se producen varios delitos, la pena a aplicar es la más severa entre los delitos que concurren.

El artículo 171 del COIP establece que el delito de

violación es sancionado con pena privativa de libertad de 19 a 22 años.

Mientras que, el artículo 161 del COIP señala que, el secuestro es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (KOQ)-(I)

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