ASUNTO: EJECUTIVO MATERIA: CIVIL PROCEDIMIENTO: COBRO DE PAGARE ACTOR: GRAIMAN CIA LTDA DEMANDADO: NAVIA CASANOVA CASAS Y EDIFICIOS CIA LTDA, JUAN RAMIRO NAVIA CASANOVA y MARIANA DE LOURDES YÉPEZ ABARCA
Juicio No. 01333-2020-05022 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 11 de septiembre del 2023, a las 11h53. 5022-20 VISTOS: Revóquese la providencia inmediata anterior, por no corresponde a esta causa, y en su lugar se dispone: Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante con la documentación que acompaña, cumplido que ha sido con el juramento realizado por el peticionario y justificadas las gestiones realzadas para dar con el domicilio de la parte demandada, cítese a JUAN RAMIRO NAVIA CASANOVA y MARIANA DE LOURDES YEPES ABARCA por la prensa de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente. En lo demás, y en cumplimiento a lo determinado en el Art. 55 inciso 3 del COGEP que determina: “A quien no se les pueda encontrar personalmente o cuyo domicilio o residencia sea imposible determinar previo a citar por la prensa, se le podrá citar de forma telemática por boletas bajo las siguientes reglas: 1. A las personas naturales en el buzón electrónico ciudadano previsto por la ley, una vez que lo hayan abierto.2. A las personas naturales o jurídicas, cuando en un contrato conste la aceptación clara y expresa para ser citados por ese medio y la dirección de correo electrónicocorrespondiente.3. A las personas jurídicas sometidas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; Superintendencia de Bancos; y, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, a través del correo electrónico que se encuentre registrado en el ente de control. La citación telemática se realizará con el envío de tres boletas de citación al demandado, en tres días distintos, desde la cuenta jersinstitucional del actuario de la judicatura. A la citación por correo electrónico se adjuntará la demanda o la petición de una diligencia preparatoria y las providencias. La constancia y certificación de haberse practicado la citación telemática será agregada al expediente. Dicha constancia deberá incluir tanto los correos electrónicos enviados, así como la verificación de recepción o lectura.”. Previo a proceder con la citación por la prensa, cítese a NAVIA CASANOVA CASAS Y EDIFICIOS CIA LTDA a través del correo electrónico constante en la documentación que se incorpora al escrito que se provee, la misma que será cumplida por la señora actuaria conforme lo establece la norma que ha sido transcrita utsupra.- Notifíquese OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 013332020-05022 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 19 de septiembre del 2023, a las 08h07. Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, se corrige el lapsus incurrido en auto de fecha 11 de septiembre del 2023; siendo que se tendrá en cuenta que se citará a JUAN RAMIRO NAVIA CASANOVA y MARIANA DE LOURDES YÉPEZ ABARCA por la prensa de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente. - Notifíquese .... F) DR. Diego Piedra, Juez. Certifico
Cuenca, 25 de septiembre del 2023
A los notificados se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones.