NATURALEZA: VOLUNTARIO JUICIO No: 01204-2022-06009 ACCIÓN: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS ACTOR: JUANA MERCEDES VELEZ VANEGAS Y OTROS . DEMANDADOS: SEGUNDO SAMUEL LOJA Y OTROS CUANTÍA: $ 400.000
Cuenca, martes 22 de noviembre del 2022, a las 10h28.
VISTOS: Cumplido lo dispuesto.-La solicitud que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a TRÁMITE VOLUNTARIO CONFORME EL ARTICULO 334 Y SIGUIENTES DEL COGEP así como lo establecido en los Articulos 341 y siguientes del COGEP; por consiguiente se dispone : UNO: A más de los comparecientes, en el trámite de la causa cuéntese con los señores: SEGUNDO SAMUEL LOJA, LUIS MARIO LOJA , así como se contará con el estado ; así como cuéntese con los herederos presuntos y desconocidos de la causante HILDA VELEZ LOJA.- .- CÍTESE a los demandados: SEGUNDO SAMUEL LOJA, en la direccion consignada por la actora , CITACION que se realizará mediante DEPRECATORIO VIRTUAL DIRIGIDO A UNO DE LOS SEÑORES JUECES/AS DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, debiendo la señora actuaria del despacho realizar el procedimiento que corresponde.-Al demandado señor LUIS MARIO LOJA , CITESE por Publicaciones de prensa conforme determina el Articulo 56 del COGEP, en atención al juramento rendido de desconocimiento realizado por la parte actora ,Confiérase el extracto de publicación respectivo.-A los herederos presuntos y desconocidos del causante HILDA VELEZ LOJA , CITESE por la prensa conforme determina el Articulo 56 en relacion con el Art. 58 del COGEP, en atención al juramento rendido de desconocimiento realizado por la parte actora.Confiérase el extracto de publicación respectivo .-CITESE al ESTADO en la persona de su Representante DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR PUBLICO INMOBILIAR , en la dirección de sus Oficinas en la ciudad de Quito , CITACION que se realizará conforme lo solicitado mediante DEPRECATORIO VIRTUAL DIRIGIDO A UNO DE LOS SEÑORES JUECES/AS DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, debiendo la señora actuaria del despacho realizar el procedimiento que corresponde; debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico de haberlo señalado la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP, con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema, sin que esto sustituya a la citación oficial. Se pondrá en conocimiento de la parte demandada, que tiene la obligación de comparecer al proceso señalando casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones . DOS: Los demandados tienen el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establece los Artículos 151 y 152 ibídem. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo.-TRES: Procédase al Inventario y Avalúo de los bienes Hereditarios, mediante la intervención de un perito que será designado por la Judicatura quien procederá a la formación y avalúo de los bienes conforme determina el Artículo 341 COGEP, Declarándose abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el fallecido causante HILDA VELEZ LOJA, se manda a publicar esta declaratoria por la prensa y se proceda a la formación del inventario y avalúo de los bienes de la causantes por parte del perito que resulte nombrado. - CUATRO: Se hará conocer a la accionada que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 ibídem podrá oponerse al Inventario, la oposición se sustanciará por la misma o el mismo juzgador en proceso sumario; la oposición deberá cumplir los mismos requisitos de la contestación a la demanda. y acompañar las pruebas que pretenda hacer valer a su favor (Art. 336 COGEP).- QUINTO: Se tiene en cuenta que la parte accionante ha anunciado la evacuación en audiencia de medios de prueba constantes en el escrito de demanda presentado, Oficiese conforme lo solicitado por el compareciente en escrito que se despacha, a fin de que las instituciones requeridas remitan la informacion solicitada a la Judicatura en un término de diez días por cuanto se ha justificado ser documentacion a la que no se puede acceder de forma directa, la informacion deberá ser remitida en un término de diez dias.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. OTRA PROVIDENCIA Cuenca, miércoles 3 de enero del 2024, a las 10h42. Reasumiendo el despacho a mi cargo luego de la licencia conferida por el Consejo de la Judicatura .-Incorporese a los autos escrito presentado por la señora Juana Mercedes Velez Vanegas, en atención al mismo, Con el Auto de calificación inicial y esta providencia, en atención al juramento rendido de desconocimiento de domicilio, CITESE al demandado señor SEGUNDO SAMUEL LOJA, por publicaciones de prensa conforme determina el Articulo 56 del COGEP, Confiérase el extracto de publicación correspondiente.-Atendiendo lo peticionado, Cuentése en la causa con la SECRETARIA TECNICA DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR PUBLICO, así como con la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO, debiendo Notificarse con el Auto de calificacion inicial y esta providencia en las direcciones consignadas para el efecto, Notificaciones que se realizarán por intermedio de la Oficina de Citaciones de la Función judicial, la parte interesada facilite las copias necesarias a la señora actuaria, para el cumplimiento de las diligencias dispuestas..-Notifiquese–