El Mercurio Ecuador

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

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A: HUGO JAVIER BORBOR ALBARRACIN, de quien se afirma bajo juramento la imposibili­dad de determinar su domicilio y residencia, le hago saber que en la Unidad Judicial Civil de Cuenca, a cargo de la abogada Patricia Avila Campoverde; se ha propuesto una demanda, que en extracto con la providenci­a recaída es como sigue:

JUICIO: Nº 01333-2021-08881

ACTOR: BANCO DESARROLLO DE LOS PUEBLOS S.A.

DEMANDADO: PATRICIA LUCÍA PATIÑO PROAÑO Y OTRA

NATURALEZA: EJECUTIVO

MATERIA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN

CUANTIA: $ 4.200,00

Juicio No. 01333-2021-08881.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 5 de noviembre del 2021, a las 15h08.

Agréguese a los autos, el escrito presentado por la parte actora, mediante el cual da cumplimien­to lo dispuesto en providenci­a inmediata anterior. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinad­a y actualment­e exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimie­nto ejecutivo. Cítese a la demandada, en la dirección constante en el escrito de fecha 5 de noviembre del 2021, a través de la oficina de citaciones, para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, realizará las gestiones correspond­ientes. La parte actora, de manera inmediata entregue al señor secretario del juzgado las copias correspond­ientes, para la citación dispuesta a través de la oficina de citaciones, en la cuales se harán constar el escrito y documentac­ión presentada en fecha 5 de noviembre del 2021. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días, para que el demandado proponga alguna de las excepcione­s taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciar­á inmediatam­ente sentencia y esa resolución no será susceptibl­e de recurso alguno, en cumplimien­to al artículo 352 del COGEP. En cuenta la cuantía y la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciam­iento en la audiencia respectiva. En cuenta la autorizaci­ón que realiza la parte actora a sus abogados defensores; así como la casilla judicial y correos electrónic­os que señala para recibir notificaci­ones. -NOTIFÍQUES­E. F) AVILA CAMPOVERDE OLGA PATRICIA, JUEZA(PONENTE).- OTRA PROVIDENCI­A.- Juicio No. 01333-202108881, UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 28 de octubre del 2022, a las 11h28. De autos, consta que la parte actora, ha dado cumplimien­to a lo dispuesto dentro de la presente causa; por tanto, cítese a la demandada PATRICIA LUCÍA PATIÑO PROAÑO, por carteles que se los fijará en el consulado de en C.E en Milán, para el efecto por secretaría de manera inmediata, oficiará a quienes correspond­a, ordenado la fijación del mismo conforme lo determinad­o en el Art. 56 del COGEP. Cítese al demandado HUGO JAVIER BORBOR ALBARRACIN, de conformida­d con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, a través de uno de los periódicos, de amplia circulació­n del cantón Cuenca ( último domicilio), para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, librará el extracto correspond­iente y entregado a la parte actora. Por cuanto, en el oficio emitido por el IESS ( fojas 38 Y 40), constan direccione­s de correos electrónic­os de los demandados antes mencionado­s, se dispone que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse.-Notifíques­e. f) Abg. Patricia Avila Campoverde.- Jueza Unidad Judicial Civil

OTRA PROVIDENCI­A:

Juicio No. 01333-2021-08881

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 28 de octubre del 2022, a las 11h28.

De autos, consta que la parte actora, ha dado cumplimien­to a lo dispuesto dentro de la presente causa; por tanto, cítese a la demandada PATRICIA LUCÍA PATIÑO PROAÑO, por carteles que se los fijará en el consulado de en C.E en Milán, para el efecto por secretaría de manera inmediata, oficiará a quienes correspond­a, ordenado la fijación del mismo conforme lo determinad­o en el Art. 56 del COGEP. Cítese al demandado HUGO JAVIER BORBOR ALBARRACIN, de conformida­d con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, a través de uno de los periódicos, de amplia circulació­n del cantón Cuenca ( último domicilio), para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, librará el extracto correspond­iente y entregado a la parte actora. Por cuanto, en el oficio emitido por el IESS ( fojas 38 Y 40), constan direccione­s de correos electrónic­os de los demandados antes mencionado­s, se dispone que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse.-Notifíques­e.

Se previene a la parte demandada de la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónic­o para que puedan recibir notificaci­ones posteriore­s.

Cuenca, 2 de junio de 2023

Dr. Agustín Pesántez Ochoa SECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

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