KARIN MARCIAL CAJECA CRIRIAPA, EXHORTO DIRIGIDO AL SEÑOR CONSUL DEL ECUADOR EN NEWARK ESTADOS UNIDOS
mediante
, conforme lo solicitado, ; debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico de haber señalado la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP, con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema, sin que esto sustituya a la citación oficial. – Se conferirá la documentacion necesaria por parte de Secretaria de la Unidad Judicial cuando de autos conste que se ha cumplido con el pago de la tasa consular correspondiente.- DOS: El demandado tiene el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art. 333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establece los Artículos 151 y 152 ibídem. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. TRES: Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: Ofíciese conforme el requerimiento constante en el formulario, y documento adjunto, a fin de que remitan la información requerida en el término de cinco días, bajo prevenciones del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, por cuanto se ha justificado ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa.- Conforme el contenido del Art. 146 Inciso tercero, se fija en la suma de
mensuales 00/100, PROVISIONAL que debe depositar el demandado para sus hijos
, más las pensiones adicionales, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir de la fecha de presentación de la demanda.-NOTIFÍQUESE a la Señora pagadora para que proceda a la apertura de la tarjeta y, a asignar el código que corresponda para que se proceda al depósito de la pensión alimenticia en la cuenta consignada por la actora a fin de que se enlace con el código asignado conforme el Sistema Unico de Pensiones Alimenticias SUPA.- En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para recibir notificaciones, así como la autorización a la Abogada defensora.-Notifíquese. Cuenca, viernes 17 de noviembre del 2023, a las 10h56. Cumplido lo dispuesto.- En atencion al juramento rendido de desconocimiento de domicilio por la parte actora, Con el auto de calificacion inicial y esta providencia, CITESE al demandado señor Citacion dispuesta conforme el Articulo 56 COGEP, Confíérase el extracto de publicacion correspondiente.Notifíquese Cuenca, miércoles 27 de diciembre del 2023, a las 09h38. Doctora Ruth Cristina Alvarez Toral Avoco conocimiento en la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca Legalmente Encargada del despacho de la Dra. Tatiana Ochoa Maldonado mediante acción de personal Nro. 2683-2023 -UTHA-AFF de fecha 26 de Diciembre del 2023. Agréguese a los autos el escrito presentado por la señora CARMEN MARLENE IDROVO ZHIZHPON, conforme lo solicita en escrito que antecede, concédase por secretaria el extracto de publicación por la prensa el mismo que se encuentra dipuesto en providencia de fecha Cuenca viernes 24 de noviembre del 2023 a las 14h41, de igual manera se enmienda el error incurrido en el auto de calificación inicial con relación al nombre del demandado cuando lo correcto es KARIN MARCIAL CAJECA CHIRIAPA en lo demás se estará a lo dispuesto en el auto de calificación inicial .