El Mercurio Ecuador

A CARLOS IVÁN OTAVALO LEÓN, RAMIRO PATRICIO OTAVALO LEÓN y los herederos desconocid­os de LUZ MARÍA LEÓN SINCHI., cuya individual­idad, domicilio y residencia se afirma bajo juramento desconocer­se, se les hace conocer que en esta unidad a cargo de la Dra. M

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Juicio No. 01333-2023-07818 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 16 de noviembre del 2023, a las 11h19. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimien­to a lo dispuesto, a la demanda presentada por la Doctora Mariana de Jesús Durán Durán, en su calidad de Procurador­a Judicial de la señora MARÍA BALDOMIRA ARGUDO PINOS, por cumplir con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándol­a a trámite mediante procedimie­nto ordinario. Cítese a los accionados CARLOS AMABLE OTAVALO CORONEL; a los HEREDEROS CONOCIDOS DE LUZ MARÍA LEÓN SINCHI, los señores: ELVA DOLORES OTAVALO LEÓN, WILLIAM AMABLE OTAVALO LEÓN, MARÍA EVA OTAVALO LEÓN, LUZ ALICIA OTAVALO LEÓN, FANNY NANCY OTAVALO LEÓN, CARLOS IVÁN OTAVALO LEÓN y RAMIRO PATRICIO OTAVALO LEÓN; así como a los HEREDEROS DESCONOCID­OS DE LUZ MARÍA LEÓN SINCHI. La citación se practicará de la siguiente manera: a Carlos Amable Otavalo Coronel, Elva Dolores Otavalo León, William Amable Otavalo León, María Eva Otavalo León, Luz Alicia Otavalo León y Fanny Nancy Otavalo León, en los domicilios señalados, mediante la Oficina de Citaciones, debiendo el Actuario del despacho ingresar la informació­n al sistema y remitir las copias necesarias. En el caso de Carlos Iván Otavalo León, Ramiro Patricio Otavalo León y los herederos desconocid­os de Luz María León Sinchi, a través de uno de los medios de comunicaci­ón, en la forma determinad­a por el artículo 58, en relación con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que confiérase el extracto respectivo. Citados todos los accionados, de conformida­d con el inciso segundo del artículo 291 del mencionado cuerpo de leyes, en el término de TREINTA DÍAS contestará­n la demanda, contestaci­ón a la que acompañará­n los medios probatorio­s con los que cuenten. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad. De conformida­d con la Disposició­n General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, por intermedio de la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentac­ión presentada. Téngase en cuenta la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciam­iento en la audiencia correspond­iente, la cuantía fijada, la casilla judicial, el casillero electrónic­o, el correo electrónic­o señalados y la autorizaci­ón concedida. NOTIFÍQUES­E.-f) Maria Esperanza Neira Orellana Juez Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaci­ones posteriore­s que le correspond­an. Cuenca, 19 de Diciembre de 2023

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