AB. JUAN PABLO ROBLES CASTRO SECRETARIO
REPUBLICA DEL ECUADOR
FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
CITACION
A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES JOSE IGNACIO MOROCHO MACHUCA, MARIA TERESA DE JESUS BARROS MACHUCA Y CESAR CORNELIO MOROCHO BARROS: cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar: Se le hace saber que en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Cristina Álvarez Toral, Jueza de la Unidad Judicial de Familiar Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
NUMERO DE JUICIO: 01204-2023-05567
NATURALEZA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS
ACTOR: FAUSTO EMILIANO MOROCHO BARROS Y OTROS
DEMANDADO: JOSE ALEJANDRO MOROCHO BARROS Y OTROS
Cuenca, Lunes 13 de noviembre del 2023, a las 07h58. Juicio N.- 01204202305567 Vistos.- Una vez que se ha cumplido con lo dispuesto; y, en lo principal por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO la demanda de INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. En vista de las partidas de defunción acompañadas se establece el fallecimiento de los señores JOSE IGNACIO MOROCHO MACHUCA y MARIA TERESA DE JESUS BARROS MACHUCA, se declara abierta la sucesión intestada a partir de la fecha de su fallecimiento, declaratoria que SERÁ PUBLICADA POR UNA SOLA VEZ por uno de los diarios de mayor circulación del cantón, dirigida al público en general. Procédase a la formación de inventarios y al avalúo de los bienes que lo conformen, para lo cual una vez citadas las partes procesales se designara el perito de que deberá realizar el mismo. Cuéntese en este procedimiento con el Señor Director de Rentas Internas, a quien se lo citará en su despacho a través de la Oficina de Citaciones. CITESE a los herederos en las direcciones que constan del libelo de la demanda de la siguiente manera: A los herederos conocidos señores JOSE ALEJANDRO, JULIO CESAR, JUAN PATRICIO, MANUEL LUCIANO, SEGUNDO JOSE MOROCHO BARROS y a los señores HENRY STEVEN y FREDDY CESAR MOROCHO ORDOÑEZ por su derecho de representación de su fallecido padre el señor Cesar Cornelio Morocho Barros a través de la OFICINA DE CITACIONES. Para el efecto la parte accionante facilite las copias para la citación conforme lo establece la Resolución 61-2020 emitida por el Consejo de la Judicatura, para lo que se le concede un término de 3 días, CUMPLIDO el señor actuario suba la información al sistema y remita las copias a la oficina de citaciones. A los HEREDEROS DESCONOCIDOS de los señores JOSE IGNACIO MOROCHO MACHUCA, MARIA TERESA DE JESUS BARROS MACHUCA y CESAR CORNELIO MOROCHO BARROS, conforme el contenido del Art. 56.1 del COGEP, esto es mediante tres publicaciones por uno de los diarios de mayor circulación de éste Cantón quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito de acuerdo a lo que dispone el articulo 151 en relación con el Art. 335 y 341 y siguientes del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura debiendo justificarse la imposibilidad de no poder obtener las misma, en forma documentada y fundamentada. Bajo Prevenciones de seguir en rebeldía. INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si la compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. En cuenta la prueba anunciada , la que será objeto de admisibilidad en audiencia. Por fijada la cuantía. En cuenta la casilla judicial, casilla y correos electrónicos señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida a la profesional del derecho. Modifíquese en el SATJE la materia pues se ha ingresado como inventarios, siendo lo correcto inventarios de bienes sucesorios_ NOTIFÍQUESE f)Dra. Cristina Alvarez Toral, Jueza de la Unidad Judicial da la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca.
A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.
Cuenca, 14 de noviembre de 2023
ABG. ANDRES ABAD FLORES
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA