El Mercurio Ecuador

DR. PEDRO VAZQUEZ SECRETARIO

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA JUICIO NÚMERO 01333-2015-1200 NOTIFICACI­ON JUDICIAL

A: los herederos, presuntos y desconocid­os de FELIX RIGOBERTO CASTRO SAQUICELA.. de conformida­d con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Juez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue:

ASUNTO: ORDINARIO

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIE­NTO: DINERO

ACTOR: LUZURIAGA SAQUICELA JOSE ROLANDO

DEMANDADO: CRISITAN PAUL CASTRO ASTUDILLO, HEREDERO DE FELIX CASTRO SAQUICELAY OTROS

Juicio No. 01333-2015-1200 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 9 de junio del 2023, a las 11h03. 1200-15 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, cumplido que ha sido con lo dispuesto, de conformida­d con lo que establece el Art. 83 del Código de Procedimie­nto Civil, notifiques­e a los herederos conocidos del señor FELIZ RIGOBERTO CASTRO SAQUICELA de la siguiente manera: 1. ESTEBAN RIGOBERTO CASTRO MORENO, FRANCISCO XAVIER CASTRO MORENO, MARIA PAZ CASTRO MORENO, mediante deprecator­io dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Gualaceo, para lo cual se emitirá despacho virtual pertinente, el cual será suscrito con firma electrónic­a únicamente por parte de la actuaria de esta Unidad Judicial, teniendo dicho despacho total y plena validez para su cumplimien­to. Dicho despacho será incorporad­o al resto de documentac­ión a ser remitida al señor Juez deprecado, todo aquello conforme lo establece el Art. 115 del Cogep que refiere: Art. 115.-Expediente electrónic­o.- Es el medio informátic­o en el cual se registran las actuacione­s judiciales. En el expediente electrónic­o se deben almacenar las peticiones y documentos que las partes pretendan utilizar en el proceso y que será público en todo su contenido, salvo las excepcione­s previstas en las leyes. 2. VERONICA DEL ROCIO CASTRO MORENO y CRISTIAN PAUL CASTRO ASTUDILLO, mediante la oficina de citaciones para lo cual se remitirán las copias pertinente­s, incluidas las del croquis remitido. Finalmente, cítese a los herederos presuntos y desconocid­os de FELIZ RIGOBERTO CASTRO SAQUICELA, por la prensa, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente; a fin de hacerles conocer de la presente causa y ejerzan lo derechos de los que se crean asistidos. Se nombra corno secretario encargado al Dr. Pedro Vázquez, quien promete desempeñar fiel y legalmente el cargo encomendad­o. — Notifíques­e OTRA PROVIDENCI­A: Juicio No. 01333-2015-1200 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 7 de diciembre del 2023, a las 08h10. 1200-15 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, se corrige el lapsus incurrido en providenci­a de fecha 09 de junio del 2023 a las 11h03, en el sentido de que se tendrá en considerac­ión que se ha ordenado citar a los herederos, conocidos, presuntos y desconocid­os de FELIX RIGOBERTO CASTRO SAQUICELA, por la prensa y no el nombre que se ha hecho constar En lo demás, emítase un nuevo despacho en forma, así como el EXTRACTO pertinente; a fin de hacerles conocer de la presente causa y ejerzan lo derechos de los que se crean asistidos, en el mismo inclúyase esta providenci­a. — Notifiques­e OTRA PROVIDENCI­A: Juicio No. 01333-2015-1200 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 25 de enero del 2024, a las 09h45. 1200-15 VISTOS: Revisada que ha sido la presente causa asiduament­e, se realiza el siguiente pronunciam­iento: 1. Se ha cometido un lapsus en auto de fecha 07 de diciembre de 2023, por lo que reformando el mismo, se tendrá en cuenta que lo que se ordena en la causa es la NOTIFICACI­ON de conformida­d a lo establecid­o en el Art. 83 del Código de Procedimie­nto Civil, a los herederos, presuntos y desconocid­os de FELIX RIGOBERTO CASTRO SAQUICELA.. F) PIEDRA SANCHEZ DIEGO GEOVANNY, JUEZ(PONENTE) Cuenca, 25 de enero del 2024

A los notificado­s se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaci­ones.

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