¿Exigir carné de vacunación para ir en bus, trabajar o entrar a negocios?
Anuncios locales de pedidos de certificación para acceder incluso a servicios públicos generan debate de derechos que incluso se pueden contraponer. Expertos opinan sobre repercusiones en distintos ámbitos, incluido el legal.
¿Me pueden exigir el carné de vacunación contra el COVID-19 para subir al bus, para entrar al mall, a un restaurante, para estudiar, para trabajar, para hacer un trámite?, ¿es legal?, ¿la vacunación ya no sería voluntaria?, ¿y los derechos humanos?, ¿mi derecho a la privacidad?...
Son interrogantes que han surgido a raíz de dos anuncios en Ecuador. El primero se dio en Guayaquil y el segundo en Loja. Sus autoridades dijeron que se exigiría el carné para ingresar a determinados espacios. En Guayaquil, desde octubre próximo, de manera progresiva, según la alcaldesa Cynthia Viter. Sería el “pase de entrada si quieren salir de casa”
para subirse a la Metrovía, servicio público de transportación, o entrar a un mall.
En Loja, desde el mes entrante los ciudadanos de 16 años en adelante deberán presentar su carné para ingresar a negocios, incluyendo los mercados y supermercados.
Los anuncios abrieron el debate sobre la implementación de estas medidas en Ecuador aún en tiempo de pandemia, sobre la violación o limitación de derechos, sobre la libertad para elegir y las actuaciones individuales y grupales.
En países europeos como en Francia y Grecia se exige la vacunación (es obligatoria) para el personal sanitario y para cuidadores de adultos mayores. Y allá también se encendió el debate en torno a medidas sancionadoras en los trabajos.
En Ecuador, ciudadanos dicen que la exigencia del carné de vacunación violentaría derechos constitucionales, así como disposiciones de entes rectores de salud que señalan que la vacunación es voluntaria, pasando por aristas referentes a la bioética y a ámbitos legales, sociales, sanitarios, de derechos individuales versus los colectivos, entre otros.
Entrevistados por este Diario sostienen que el tema devela también problemas como la desinformación en torno a la vacunación anti-COVID-19, a sus beneficios y posibles riesgos, ya que cada vez, dicen, ganan terreno los mensajes sin fundamento en lugar de aclarar las dudas y de concienciar a la población sobre su importancia y sobre la incidencia de sus decisiones, además de la educación para mantener las otras medidas de bioseguridad, como el uso de la mascarilla, el distanciamiento y el lavado frecuente de manos.
“Antes de un anuncio así (de exigir carné de vacunación) se debería garantizar que todo el mundo esté absolutamente claro de los beneficios de la vacuna, como la población indígena a través de mensajes en sus propios dialectos, las personas con discapacidades...”, cuestiona Billy Navarrete, secretario ejecutivo del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos.
La población debe vacunarse por convencimiento propio, por corresponsabilidad personal y ciudadana y no porque la obligan, dice Fernando Sacoto, presidente de la Sociedad Ecuatoriana de Salud Pública.
Ángel Valenzuela, coordinador general de Promoción de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, indica que a pesar de que los municipios pueden emitir medidas acordes con sus competencias para regular el comportamiento interno de la ciudadanía, el ente rector en salud pública es el Ministerio de Salud Pública (MSP), que ha reiterado, al igual que la OMS y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que la vacunación es voluntaria, no obligatoria.
Pablo Alarcón, doctor en Derecho Penal, constitucionalista, señala que la exigencia de un carné de vacunación debe ser analizado desde la óptica social, sin descuidar lo jurídico ni el impacto social que podría tener la medida. “… Ya ha habido intentos, posiciones o decisiones jurisdiccionales a nivel mundial sobre el tema, pero no es un tema pacífico porque cuando encuentro derechos en conflicto, dos o varios del mismo rango, es decir constitucionales, por ejemplo, el derecho a la salud, a la educación, el derecho a la liberta”.
“No puede haber una decisión que no cuente con la debida argumentación en el sentido de justificar cómo la satisfacción de determinados derechos justifica limitación de otros derechos”, sostiene. (I)