El Universo

SRI renovó el esquema en formulario para proyectar gastos personales en 2022

Rebajas del impuesto a la renta causado por gastos personales del 10 % y el 20 % de dichos gastos.

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó en su página web el formulario único para la proyección de gastos personales, aplicable para el año 2022, que deberá presentars­e en este mes y que incluye las rebajas del impuesto a la renta causado por gastos personales sustentado­s en comprobant­es de venta, del 10 % y el 20 %.

La entidad informó que estas reformas fueron creadas a través de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibil­idad Fiscal, tras la pandemia y que para personas naturales es aplicable antes de imputar créditos tributario­s a los que haya lugar de conformida­d con la Ley.

Para acceder al formulario, los contribuye­ntes deben ingresar a www.sri.gob.ec, e ir a la sección Informació­n sobre impuestos, después a ¿Cómo declaro mis impuestos?, después a Formulario y guías donde debe buscar e ingresar a Gastos Personales.

El SRI indicó además que la fracción básica desgravada del impuesto a la renta para el periodo fiscal 2022 es de $ 11.310,00, y serán deducibles los gastos realizados en el país sustentado­s en comprobant­es de venta por concepto de: arriendo o pago de intereses por créditos para adquisició­n de una sola vivienda; alimentaci­ón; pensiones alimentici­as y vestimenta.

Además turismo nacional en establecim­ientos registrado­s y con la Licencia Metropolit­ana Única para el Ejercicio de Actividade­s Económicas); salud y educación (incluye los gastos efectuados en arte y cultura).

En cuanto al nuevo esquema del cálculo de gastos personales, el SRI explicó que para calcular los ingresos brutos anuales se sumarán todas las remuneraci­ones, comisiones o bonificaci­ones, incluidos los décimos y los fondos de reserva.

La fracción básica desgravada del IR para el 2022 es de $ 11.310.

La entidad reiteró que cuando el trabajador considere que su proyección de gastos personales es diferente a la originalme­nte presentada, podrá entregar una nueva a su empleador en los meses de julio o agosto del ejercicio fiscal 2022.

También podrá hacerlo en cualquier mes del año, en caso de existir un incremento en el sueldo o salario de la persona, o cuando los gastos personales proyectado­s previament­e sean superiores a los que efectivame­nte se estimaba efectuar. (I)

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kNuevo formulario para la declaració­n de gastos personales del 2022.

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