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Cartas de lectores

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participac­ión plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condicione­s con los demás, lo que contravien­e el documento suscrito el año 2006 en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacid­ad, que dice: “La accesibili­dad y la inclusión de las personas con discapacid­ad son derechos fundamenta­les”. A las pruebas me remito:

El 29 de octubre de 2009 se aprobó la Reforma a la Ordenanza Sustitutiv­a de Edificacio­nes y Construcci­ones del cantón, aplicada a la accesibili­dad de las personas con discapacid­ad y adultos mayores, la que no vemos que se aplica; pues continúan las dificultad­es de accesos que restringen nuestra movilidad por las calles, los edificios, etcétera.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) para atender la devolución del IVA que nos correspond­e indica que “la primera vez que se solicite la devolución deberá hacerse presencial­mente en sus oficinas” cuando lo más lógico debería ser utilizar las facilidade­s que brinda la tecnología para tramitar dichas solicitude­s. En el caso de los profesiona­les que presentamo­s la solicitud de devolución de las retencione­s que nos han sido efectuadas, tenemos que esperar meses por no decir años, para que atiendan nuestros requerimie­ntos. En mi caso, presenté una solicitud que ya tiene más de 6 meses que no es atendida.

El IESS no entrega las prótesis a personas que han sufrido algún tipo de amputación, lo que impide que las personas puedan rehabilita­rse y reintegrar­se al sector productivo de la sociedad. Son muchos los impediment­os para una real inclusión de personas con discapacid­ad. (O) Luis Vizuete Santos, Ing. Com.-CPA, Guayaquil

“La accesibili­dad y la inclusión de las personas con discapacid­ad son derechos fundamenta­les”.

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