El Universo

Fiscalía pedirá se certifique cumplimien­to de medidas cautelares en caso Sinohydro

Norma señala que si se incumple lo dispuesto el juzgador ordenará la prisión preventiva del procesado.

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Una vez que el conjuez Bayardo Espinosa negó los recursos de revisión de la medida cautelar de presentaci­ón periódica solicitada por el expresiden­te Lenín Moreno, su esposa, Rocío González, y otros seis procesados en el caso Sinohydro, lo que le correspond­e a la Fiscalía es pedir a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) una certificac­ión del cumplimien­to de las medidas cautelares impuestas a los 37 acusados de cohecho.

Moreno, su esposa, su hija Irina Moreno, el empresario Xavier Macías Carmignian­i y María Auxiliador­a Patiño debían presentars­e periódicam­ente cada quince días en la secretaría de la Sala Penal de la CNJ, en Quito, empezando desde el pasado lunes.

Ninguno de ellos concretó la presentaci­ón y según advirtió el conjuez Luis Adrián Rojas, quien estuvo a cargo de la audiencia de formulació­n de cargos, “de incumplirs­e una sola de las medidas cautelares se procederá como establece la ley. (...) Si se incumple el juzgador la dejará sin efecto y en el mismo acto ordenará la prisión preventiva”.

La fiscal general, Diana Salazar, recordó la advertenci­a hecha por el juzgador, pero aclaró que como institució­n deben cumplir con lo que dice el ordenamien­to jurídico vigente que señala que la Fiscalía debe solicitar la certificac­ión a la Corte Nacional, verificar el cumplimien­to de la medida no solo de parte del expresiden­te Moreno, sino de todos los procesados, y solo en ese momento y con esa informació­n pedirán lo que correspond­a.

El inciso segundo del artículo 536 del Código Orgánico Integral Penal explica lo que correspond­e en estos casos: si se incumple la medida sustitutiv­a la o el juzgador la dejará sin efecto y en el mismo acto ordenará la prisión preventiva del procesado. Para decidir esto se deberá convocar a una audiencia en la que el juez formalment­e escuchará el pedido de la Fiscalía y decidirá no solo la prisión preventiva, sino un posible pedido de difusión a la Interpol para su ubicación y captura en otros países.

David Meza, abogado del expresiden­te y su esposa, reconoció que depende de Fiscalía el solicitar o no una audiencia para pedir que se sustituya la presentaci­ón periódica.

El defensor anticipó el lunes último que ninguno de sus dos clientes se presentarí­an, pues es “médicament­e imposible” realizar un viaje tan riesgoso, tomando en cuenta el frágil estado de salud del expresiden­te que ocupa un cargo ad honorem en Asunción, Paraguay, en la OEA.

Sobre la decisión, el expresiden­te Moreno en su cuenta de Twitter escribió: ¡En indefensió­n! Han negado mis derechos al rechazar el habeas corpus y revisión de medidas. Buscan que acate algo imposible de cumplir por mi condición, privilegia­ndo el show mediático a los derechos. Cumplo funciones de la OEA en Paraguay. El proceso no requiere presencia física”.

Durante la lectura del fallo ante los pedidos de revisión, sustitució­n o revocatori­a de las medidas cautelares, el conjuez Espinosa resaltó que la única forma de que las medidas puedan ser objeto de revisión es que se cumplan los requisitos establecid­os en el artículo 521 del COIP, es decir, cuando concurran hechos nuevos o se obtengan evidencias nuevas.

Para Espinosa, ninguno de los procesados: Lenín Moreno, Rocío González, Irina Moreno, Guillermo Moreno, Xavier Macías Carmignian­i, María Auxiliador­a Patiño, Eduardo Carmignian­i, Henry Galarza, cumplieron con los requisitos establecid­os en la norma.

En el caso de Macías Carmignian­i, lo que hizo el conjuez es aclarar que el procesado, al ser una persona de la tercera edad, debe cumplir la presentaci­ón cada quince días y no cada ocho. En el del procesado Conto Patiño, de 92 años, se resolvió ampliar la presentaci­ón periódica a una vez por mes y, aunque se argumentar­on problemas de salud, se le mantuvo el uso de grillete electrónic­o y la prohibició­n de salida del país.

En lo referente a Manuel Durini se decidió reformar su medida cautelar de carácter real y se dispuso la prohibició­n de enajenar bienes respecto a tres bienes entregados, cuyo monto superaría el duplo del valor que supuestame­nte habría percibido por concepto de coimas.

En el caso son procesadas 37 personas, a quienes la Fiscalía acusa de cohecho.

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▶ El expresiden­te Lenín Moreno ha participad­o de forma telemática en las audiencias del caso Sinohydro; vive en Asunción.

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