Fiscalía pedirá se certifique cumplimiento de medidas cautelares en caso Sinohydro
Norma señala que si se incumple lo dispuesto el juzgador ordenará la prisión preventiva del procesado.
Una vez que el conjuez Bayardo Espinosa negó los recursos de revisión de la medida cautelar de presentación periódica solicitada por el expresidente Lenín Moreno, su esposa, Rocío González, y otros seis procesados en el caso Sinohydro, lo que le corresponde a la Fiscalía es pedir a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) una certificación del cumplimiento de las medidas cautelares impuestas a los 37 acusados de cohecho.
Moreno, su esposa, su hija Irina Moreno, el empresario Xavier Macías Carmigniani y María Auxiliadora Patiño debían presentarse periódicamente cada quince días en la secretaría de la Sala Penal de la CNJ, en Quito, empezando desde el pasado lunes.
Ninguno de ellos concretó la presentación y según advirtió el conjuez Luis Adrián Rojas, quien estuvo a cargo de la audiencia de formulación de cargos, “de incumplirse una sola de las medidas cautelares se procederá como establece la ley. (...) Si se incumple el juzgador la dejará sin efecto y en el mismo acto ordenará la prisión preventiva”.
La fiscal general, Diana Salazar, recordó la advertencia hecha por el juzgador, pero aclaró que como institución deben cumplir con lo que dice el ordenamiento jurídico vigente que señala que la Fiscalía debe solicitar la certificación a la Corte Nacional, verificar el cumplimiento de la medida no solo de parte del expresidente Moreno, sino de todos los procesados, y solo en ese momento y con esa información pedirán lo que corresponda.
El inciso segundo del artículo 536 del Código Orgánico Integral Penal explica lo que corresponde en estos casos: si se incumple la medida sustitutiva la o el juzgador la dejará sin efecto y en el mismo acto ordenará la prisión preventiva del procesado. Para decidir esto se deberá convocar a una audiencia en la que el juez formalmente escuchará el pedido de la Fiscalía y decidirá no solo la prisión preventiva, sino un posible pedido de difusión a la Interpol para su ubicación y captura en otros países.
David Meza, abogado del expresidente y su esposa, reconoció que depende de Fiscalía el solicitar o no una audiencia para pedir que se sustituya la presentación periódica.
El defensor anticipó el lunes último que ninguno de sus dos clientes se presentarían, pues es “médicamente imposible” realizar un viaje tan riesgoso, tomando en cuenta el frágil estado de salud del expresidente que ocupa un cargo ad honorem en Asunción, Paraguay, en la OEA.
Sobre la decisión, el expresidente Moreno en su cuenta de Twitter escribió: ¡En indefensión! Han negado mis derechos al rechazar el habeas corpus y revisión de medidas. Buscan que acate algo imposible de cumplir por mi condición, privilegiando el show mediático a los derechos. Cumplo funciones de la OEA en Paraguay. El proceso no requiere presencia física”.
Durante la lectura del fallo ante los pedidos de revisión, sustitución o revocatoria de las medidas cautelares, el conjuez Espinosa resaltó que la única forma de que las medidas puedan ser objeto de revisión es que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 521 del COIP, es decir, cuando concurran hechos nuevos o se obtengan evidencias nuevas.
Para Espinosa, ninguno de los procesados: Lenín Moreno, Rocío González, Irina Moreno, Guillermo Moreno, Xavier Macías Carmigniani, María Auxiliadora Patiño, Eduardo Carmigniani, Henry Galarza, cumplieron con los requisitos establecidos en la norma.
En el caso de Macías Carmigniani, lo que hizo el conjuez es aclarar que el procesado, al ser una persona de la tercera edad, debe cumplir la presentación cada quince días y no cada ocho. En el del procesado Conto Patiño, de 92 años, se resolvió ampliar la presentación periódica a una vez por mes y, aunque se argumentaron problemas de salud, se le mantuvo el uso de grillete electrónico y la prohibición de salida del país.
En lo referente a Manuel Durini se decidió reformar su medida cautelar de carácter real y se dispuso la prohibición de enajenar bienes respecto a tres bienes entregados, cuyo monto superaría el duplo del valor que supuestamente habría percibido por concepto de coimas.
En el caso son procesadas 37 personas, a quienes la Fiscalía acusa de cohecho.