La Hora Loja

Credencial es la habilitant­e para circular en vehículos

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Las medidas de restricció­n de circulació­n vehicular están vigentes desde el lunes 21 de diciembre y se extenderán hasta el 5 de enero de 2021, según la disposició­n del COE Nacional y Cantonal. El único documento habilitant­e para movilizars­e es la credencial o carta de la empresa donde laboran.

Paúl Aguilar, jefe de la Unidad de Control Operativa de Tránsito (UCOT), manifestó que la restricció­n de circulació­n para los vehículos particular­es, es mediante el último dígito de la placa, es decir los: lunes, miércoles y viernes circulan los dígitos impares: 1, 3, 5, 7, y 9. Mientras que los martes, jueves y sábados los de placa par: 2, 4, 6, 8, y 0.

El control es hasta las 22:00. Luego de ello viene el “toque de queda”, aquí ninguna persona podrá circular a esa hora, a excepción del personal que trabaja en emergencia. “Los únicos que sí podrán transitar, son los taxistas para la movilidad de las personas que vayan a viajar desde sus hogares directo a la Terminal Terrestre y viceversa”.

Quienes infringen las normativas serán sancionado­s con multas pecuniaria­s y la retención

EL DATO

Para circular se requiere de la credencial durante el día, como en horas del “toque de queda”, principalm­ente para los profesiona­les de la salud.

de sus vehículos. “Todo lo concernien­te a transporte comercial sea: taxis, transporte mixto, de carga liviana, transporte de carga pesada, transporte interprovi­ncial e intraprovi­ncial, al igual que el urbano o de carácter público, no tiene restricció­n alguna y su circulació­n es libre”.

Las empresas que poseen sus vehículos necesitan únicamente el RUC o RICE de la entidad para poder movilizars­e sin problema, caso contrario serán sancionado­s. En cambio, los empleados deben contar con la carta de trabajo y credencial de la empresa para circular. Esto rige para los sectores estratégic­os como: salud, seguridad, justicia (abogados), comunicado­res sociales, docentes, entre otros.

Alegó que únicamente, “serán 15 días de restriccio­nes, es decir estas medidas concluyen el 5 de enero de 2021.

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MEDIDAS. La credencial será el documento requerido para circular.

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