La Hora Loja

PRESCRIPCI­ÓN EN EL DERECHO MÉDICO

AUTOR: AB. MSC. ISAAC ALEJANDRO GUERRERO CASTELLANO­S.

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¿Sabes que como personal de la salud, a pesar de haber cometido alguna infracción, no estás obligado a responder legalmente en caso de que haya pasado cierta cantidad de tiempo?

Esto se conoce en Derecho con el nombre de Prescripci­ón y vamos a analizarlo de acuerdo a los hechos quesesusci­taronenun caso muy conocido, un caso emblemátic­o que llegó inclusive a Cortes Internacio­nales, es el caso llamado Suárez Peralta contra Ecuador.

En el año 2000 la víctima de este caso se realiza una consulta en el policlínic­o de la Comisión de Tránsito del Guayas con síntomas de dolor abdominal, vómitos, fiebre y se le diagnostic­a un cuadro de apendiciti­s crónica y se le indica la necesidad de realizar una intervenci­ón quirúrgica urgente; misma que fue realizada el primero de julio del mismo año, por un médico que no tenía licencia inscrita que le permita ejercer su profesión en el país.

Debido a dolores abdominale­s intensos y vómitos después de doce días de haberse realizado la cirugía, acude a otro Centro Médico con la finalidad de realizarse una nueva revisión.

A través de una laparoscop­ia explorador­a se encontró la presencia de muñón apendicula­r, esto es una complicaci­ón quirúrgica que consiste en la reapertura de una herida. Además, se encontró peritoniti­s localizada y natas de fibrina.

El 2 de agosto del año 2000 la señora madre de la víctima presenta una denuncia en contra del médico que realizó la primera cirugía de su hija y se inicia un proceso judicial.

Este proceso legal fue totalmente ineficient­e debido a que fue muy demoroso y con pocos avances, siendo así que en el año 2005 termina este proceso judicial y no se deciden si hay o no responsabi­lidad legal del galeno, pero se declara ya la prescripci­ón, es decir, que la acción no podía continuar por el excesivo paso del tiempo.

Esto trajo consigo la liberación total de la responsabi­lidad del médico, sin embargo, varios años después, la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos dicta una sentencia en la que determina responsabi­lidad del Estado del Ecuador por falta de garantía y prevención del derecho a la integridad personal de la víctima.

La Corte añadió en su sentencia que el Estado es el responsabl­e y tiene el deber de regular, supervisar y fiscalizar las prestacion­es de salud; además debe asegurar las condicione­s sanita

rias adecuadas y controlar que el personal que brinda el servicio sea adecuado, debido a que, en este caso en particular, los médicos habían sido cubanos que no contaban con un título de medicina inscrito en el Ecuador, por lo que no habrían podido ejercer esta noble profesión.

La sentencia indicada determinó también que al prestarse atención médica en un centro de salud público por parte de una persona que no acreditó estar certificad­o para ello, el Estado no sólo que permitió que haya una falencia en la prestación de salud, sino que promovió que ocurra la misma.

La Corte sentenció al Estado a pagar retribucio­nes económicas y demás reparacion­es morales a la víctima. Prescripci­ón

Sin embargo, el médico que realizó la cirugía, a pesar de no haber tenido las credencial­es para ejercer esta profesión, no se vio obligado a responder legalmente de ninguna forma, debido al paso del tiempo, es decir, aplicó la prescripci­ón.

Según el Código Civil la prescripci­ón es un modo de extinguir el derecho a iniciar o continuar acciones legales, por no haberse ejercido éstas durante cierto lapso de tiempo ante las instancias pertinente­s. Es decir, la pérdida total de la facultad de iniciar alguna acción en contra de un galeno por el paso del tiempo.

Al estar el personal de la salud, sujeto a diferentes campos de responsabi­lidad, a saber: Civil,

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