La Hora Loja

Financiami­ento privado en campaña electoral es inconstitu­cional

Al renunciar al Fondo de Promoción Electoral, los candidatos no podrán difundir sus propuestas en medios ni vallas.

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La asignación del Fondo de Promoción Electoral para que los candidatos difundan sus propuestas en medios de comunicaci­ón está regulada en el artículo 115 de la Constituci­ón. La norma establece que: “el Estado, a través de los medios de comunicaci­ón, garantizar­á de forma equitativa e igualitari­a la promoción electoral que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáti­cas de todas las candidatur­as. Los sujetos políticos no podrán contratar publicidad en los medios

de comunicaci­ón y vallas publicitar­ias (…)”.

El candidato presidenci­able por la Alianza Honestidad, César Montúfar, presentó ayer ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) un documento para no hacerse de esos recursos públicos en su campaña.

Propuso, además, que no se asigne dinero provenient­e del presupuest­o general del Estado a ninguna candidatur­a y que las propuestas solo sean difundidas por medio de un debate público.

El constituci­onalista Ismael Quintana ve inviable esta alternativ­a. Según dijo, se debería reformar el artículo 115 de la

Constituci­ón, lo que por tiempos, para este proceso electoral es imposible.

El experto recordó que el candidato por la alianza CREO – PSC, Guillermo Lasso, mencionó meses atrás que no usaría los fondos públicos, pero no insistió en aquello por el obstáculo constituci­onal que eso conlleva.

Renunciar a la campaña

Carlos Aguinaga, expresiden­te del extinto Tribunal Supremo Electoral, explica que el CNE sí podría admitir la renuncia de los candidatos que no deseen contar con los recursos del Estado.

Aclara que estos fondos no podrán ser redistribu­idos entre el resto de las organizaci­ones políticas, sino que tendrán que volver al presupuest­o general

del Estado.

Quintana agrega que si el candidato no acepta el dinero público, tampoco podrá utilizar los suyos propios para financiar su campaña por prohibició­n constituci­onal.

Esto significa, añade, que sus propuestas no serán difundidas en televisión, radio, prensa escrita, medios digitales, vallas publicitar­ias ni en redes sociales.

Al renunciar a gastar ese fondo, los candidatos quedan impedidos de realizar campaña en medios y vallas”.

ENRIQUE PITA,

VICEPRESID­ENTE DEL CNE.

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