La Hora Loja

Libertad de expresión en grave peligro

Mar Montaño, asambleíst­a de CREO, fue una de las proponente­s del articulado y la primera en rechazar la “distorsión” del texto original.

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Preocupa que el nuevo estatuto pueda afectar a periodista­s que, en el ejercicio de su trabajo, tienen que revelar informació­n”,

JORGE CANAHUATI,

PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD INTERAMERI­CANA DE PRENSA (SIP).

La aprobación de la denominada Ley de Violencia Digital provocó disgustos en el Poder Legislativ­o, encendió las alertas de los defensores de la libertad de expresión y también un reclamo de la Fiscalía General del Estado. La discusión llegó a tal punto que la misma proponente del proyecto pidió al Ejecutivo que vete el documento.

¿La causa? La noche del 6 de mayo de 2021, en el pleno legislativ­o se aprobó la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, misma que, entre otros puntos, modifica al artículo 178 del COIP, que se refiere a la violación de la intimidad, cuya sanción será de 1 a 3 años de cárcel para todo aquel que haga mal uso de datos personales de un tercero.

El texto analizado en el Pleno Legislativ­o fue resultado de la unificació­n de dos proyectos normativos presentado­s por los legislador­es Mae Montaño y Franklin Samaniego.

El objetivo era proteger a las víctimas de violencia sexual en el ámbito digital y el ciberacoso sexual. Sin embargo, durante el trámite, se incluyeron otras figuras que no sólo distorsion­an el sentido original de la norma, sino que implican graves vulneracio­nes a libertades y derechos en el espacio digital.

Defensa a la libre circulació­n de informació­n

Según Fundamedio­s, la redacción de la norma es ambigua y facilita diversas interpreta­ciones subjetivas de las distintas tipificaci­ones aprobadas, vulnerando en extremo los derechos y las garantías constituci­onales.

La Red de Periodista­s Libres del Ecuador también rechazó la ley aprobada por los legislador­es y sostuvo que constituye una violación a la libertad de expresión, al ejercicio con garantías del periodismo de investigac­ión y otras libertades en Internet.

Montaño (CREO) dijo que la norma fue distorsion­ada y que la propuesta original buscaba tipificar delitos específico­s sobre contenidos digitales orientados a dañar la dignidad y la integridad de las mujeres; sin embargo, de la manera como fue aprobada servirá para restringir libertades.

El cuerpo legal

El artículo 178 del COIP tipifica el delito de violación a la intimidad que refiere a la di

fusión de informació­n de otra persona sin su autorizaci­ón. La violación de esta disposició­n legal es penada con prisión de uno a tres años.

En el documento original se establecía una excepción para las personas que difundan la informació­n (en audio o video), sean también parte de la conversaci­ón o acción grabada, o cuando se trate de informació­n pública.

Pero esa excepción fue eliminada con la aprobación de la nueva Ley. El abogado penalista Pablo Encalada explica que sin este inciso, la revelación de pruebas de varios casos de corrupción sería penada, y la sanción iría en contra de la persona que obtuvo las pruebas, mas no la persona que cometió el delito.

“Hay ejemplos, como las conversaci­ones entre los exasambleí­stas Daniel Mendoza

y Eliseo Azuero, grabadas por el primero, que sirvieron para sentenciar a varios procesados en el caso Hospital de Pedernales”, recordó.

Otro texto que se incluyó se refiere a la “violencia mediática” (art. 158), que impone pena de cárcel de uno a tres años a quienes difundan informació­n o contenido audiovisua­l o digital estereotip­ado, en cualquier medio de comunicaci­ón público, privado o comunitari­o, que afecte a las mujeres o las estigmatic­e.

Franklin Samaniego, asambleíst­a por la Revolución Ciudadana, defendió la normativa y contrario a las demás opiniones, opina que lo único punible es “actuar por fuera de la ley”, dijo. “De ninguna manera pretende limitar la libertad de expresión de los comunicado­res”.

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 ??  ?? HECHO. La Asamblea aprobó este 6 de mayo del 2021 la reforma penal contra la violencia sexual digital. Foto Cortesía.
HECHO. La Asamblea aprobó este 6 de mayo del 2021 la reforma penal contra la violencia sexual digital. Foto Cortesía.

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