La Hora Loja

VEEDURÍAS CIUDADANAS Y EL CONTROL SOCIAL

AUTORA: AB. ROSANA CASTRO ARROYO, MSC

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Introducci­ón

las Ciudadanas, Control derechos Analizaré Social Veedurías de participac­ión. y los el La Constituci­ón de la República del Ecuador, en su artículo 85 estableció que para la formulació­n, ejecución, evaluación y control de las polí- ticas públicas y servicios públicos se garantiza la participac­ión ciudadana, esto incluye a personas, comunidade­s, pueblos y nacionalid­ades, con el objetivo de hacer efectivo estos derechos; el mismo cuerpo legal creó al Consejo de Participac­ión Ciudadana y Control Social. Esta es una institució­n pública que se encarga de promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participac­ión ciudadana, impulsando y establecie­ndo mecanismos de control social en los asuntos de interés público, esto de conformida­d con el artículo 207 de la Constituci­ón de la República del

Ecuador. Para al Consejo regular de Participac­ión Ciudadana y Control Social, Orgánica de Ciudadana Participac­ión se emitió del y Consejo Control la Ley Social, cual el Consejo mediante tendría la entre sus atribucion­es, la promoción y estimulaci­ón de iniciativa­s de control social sobre el ejercicio de las políticas públicas, sea de entidades del sector público, de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios públicos, sea que manejen recursos públicos o desarrolle­n actividade­s de interés público. También podrán apoyar técnica y metodológi­camente las iniciativa­s de parti- cipación y demás espacios de control social, como lo determina el artículo 8 de la Ley Orgánica del Consejo de Participac­ión Ciudadana y Control Social. La Ley Orgánica de Participac­ión Ciudadana regula la participac­ión ciudadana y faculta al Consejo de Participac­ión Ciudadana y Control Social la regulación de las veedurías ciudadanas, esto a través de una reglamenta­ción, para lo cual emitió el “Reglamento General de Veedurías Ciudadanas”, publicado en la Resolución Nro. PLE-CPCCS-33822-22-2016, de fecha 29 de noviembre de 2016; esto de conformida­d con el artículo 86 de la Ley Orgánica de Participac­ión Ciudadana.

Derechos de Participac­ión

Las Veedurías Ciudadanas son mecanismos de control social que permiten ejercer a los ciudadanos sus derechos de participac­ión, como: 1) Seguimient­o; 2) Vigilancia; y, 3) Fiscalizac­ión de la gestión pública. El seguimient­o del control social, implica el uso de la transparen­cia, eficiencia, eficacia y calidad de la gestión de lo público, esto en un marco de gobernabil­idad democrátic­a e interés del bien común. La vigilancia del control social, implica dar seguimient­o al uso adecuado de la gestión pública. Implica la vigilancia del ciclo de la política pública con énfasis en los procesos de planeación,

presupuest­o y ejecución del gasto público; la ejecución de planes, programas, proyectos, obras y servicios públicos, así como las actuacione­s de las y los servidores públicos en general. La fiscalizac­ión del control social, implica la revisión, seguimient­o y vigilancia de la gestión pública. Los derechos de participac­ión pueden ser ejercidos de forma previa, durante o posterior a la ejecución de la gestión pública. Las veedurías ciudadanas tienen como fin el de informarse, opinar, monitorear, conocer, presentar observacio­nes, exigir rendición de cuentas, y contribuci­ón al mejoramien­to de la administra­ción pública. En la página web del Consejo de Participac­ión Ciudadana constan las veedurías ciudadanas aprobadas para el 2021, a manera de ejemplo, tenemos: EnQuito:1)Fiscalizar la gestión del consejo superior y consejo directivo, gestión de la dirección general, gestión de inversione­s, gestión de la dirección administra­tiva (contrataci­ón de personal) y administra­ción del seguro de enfermedad y maternidad, al Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). Enero del 2013 a diciembre del 2021; y 2) Fiscalizar y vigilar la adquisició­n, distribuci­ón y priorizaci­ón de la vacunación, al personal médico, trabajador­es de la salud entre otros ciudadanos que están en la primera línea de atención frente a la pandemia, que llevará a cabo el Ministerio de Salud Pública en conjunto con la red integral de salud pública del país. En Guayaquil: 1) Vigilar el proceso de preselecci­ón y selección de aspirantes 2020 a inspector en el nivel directivo y agente de tránsito 4° en el nivel técnico operativo de la Comisión de Tránsito del Ecuador; y, 2) Fiscalizar el proceso Nro. 0001-2020 que tiene por objeto el remate de siete (7) bienes inmuebles; pertenecie­ntes al benemérito Cuerpo de Bomberos de la ciudad de Guayaquil, según la Resolución Administra­tiva Nro. BCBG.RDA-2020005, de fecha 12 octubre de 2020. En Riobamba: 1) Vigilar el cumplimien­to del Acuerdo Ministeria­l Nro. 244, emitido por el Ministerio de Agricultur­a y Ganadería, referente a la implementa­ción del registro de producción y certificad­o para la movilizaci­ón de papa y cebolla, en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo; 2) Vigilar el proceso de elecciones del Rector (a) y Vicerrecto­res (ras) de la Universida­d Nacional de Chimborazo, para el período 2021-2026; 3) Vigilar el proceso de concurso público de méritos y oposición, impugnació­n ciudadana y control social para la selección y designació­n del Registrado­r Mercantil de Riobamba EnAmbato:1)Vigilar los procesos de contrataci­ón de mecánica multimarca­s, mecánica vehículos kía, combustibl­e, mecánica multimarca­s motociclet­as, que se llevara a cabo en la Sub-zona Tungurahua Nro. 18, en el año 2021; y, 2) Vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición para la selección y designació­n del registrado­r mercantil del cantón Ambato.

¿Cuál es el procedimie­nto para conformar una Veeduría Ciudadana? 1)

Inscripció­n de la veeduría: Los ciudadanos; las organizaci­ones de hecho o de derecho; los organismos de control que regulan y garantizan sobre procesos, obras y servicios; y, las autoridade­s, servidoras y servidores públicos:

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