VEEDURÍAS CIUDADANAS Y EL CONTROL SOCIAL
AUTORA: AB. ROSANA CASTRO ARROYO, MSC
Introducción
las Ciudadanas, Control derechos Analizaré Social Veedurías de participación. y los el La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 85 estableció que para la formulación, ejecución, evaluación y control de las polí- ticas públicas y servicios públicos se garantiza la participación ciudadana, esto incluye a personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, con el objetivo de hacer efectivo estos derechos; el mismo cuerpo legal creó al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Esta es una institución pública que se encarga de promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsando y estableciendo mecanismos de control social en los asuntos de interés público, esto de conformidad con el artículo 207 de la Constitución de la República del
Ecuador. Para al Consejo regular de Participación Ciudadana y Control Social, Orgánica de Ciudadana Participación se emitió del y Consejo Control la Ley Social, cual el Consejo mediante tendría la entre sus atribuciones, la promoción y estimulación de iniciativas de control social sobre el ejercicio de las políticas públicas, sea de entidades del sector público, de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios públicos, sea que manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público. También podrán apoyar técnica y metodológicamente las iniciativas de parti- cipación y demás espacios de control social, como lo determina el artículo 8 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. La Ley Orgánica de Participación Ciudadana regula la participación ciudadana y faculta al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la regulación de las veedurías ciudadanas, esto a través de una reglamentación, para lo cual emitió el “Reglamento General de Veedurías Ciudadanas”, publicado en la Resolución Nro. PLE-CPCCS-33822-22-2016, de fecha 29 de noviembre de 2016; esto de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.
Derechos de Participación
Las Veedurías Ciudadanas son mecanismos de control social que permiten ejercer a los ciudadanos sus derechos de participación, como: 1) Seguimiento; 2) Vigilancia; y, 3) Fiscalización de la gestión pública. El seguimiento del control social, implica el uso de la transparencia, eficiencia, eficacia y calidad de la gestión de lo público, esto en un marco de gobernabilidad democrática e interés del bien común. La vigilancia del control social, implica dar seguimiento al uso adecuado de la gestión pública. Implica la vigilancia del ciclo de la política pública con énfasis en los procesos de planeación,
presupuesto y ejecución del gasto público; la ejecución de planes, programas, proyectos, obras y servicios públicos, así como las actuaciones de las y los servidores públicos en general. La fiscalización del control social, implica la revisión, seguimiento y vigilancia de la gestión pública. Los derechos de participación pueden ser ejercidos de forma previa, durante o posterior a la ejecución de la gestión pública. Las veedurías ciudadanas tienen como fin el de informarse, opinar, monitorear, conocer, presentar observaciones, exigir rendición de cuentas, y contribución al mejoramiento de la administración pública. En la página web del Consejo de Participación Ciudadana constan las veedurías ciudadanas aprobadas para el 2021, a manera de ejemplo, tenemos: EnQuito:1)Fiscalizar la gestión del consejo superior y consejo directivo, gestión de la dirección general, gestión de inversiones, gestión de la dirección administrativa (contratación de personal) y administración del seguro de enfermedad y maternidad, al Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). Enero del 2013 a diciembre del 2021; y 2) Fiscalizar y vigilar la adquisición, distribución y priorización de la vacunación, al personal médico, trabajadores de la salud entre otros ciudadanos que están en la primera línea de atención frente a la pandemia, que llevará a cabo el Ministerio de Salud Pública en conjunto con la red integral de salud pública del país. En Guayaquil: 1) Vigilar el proceso de preselección y selección de aspirantes 2020 a inspector en el nivel directivo y agente de tránsito 4° en el nivel técnico operativo de la Comisión de Tránsito del Ecuador; y, 2) Fiscalizar el proceso Nro. 0001-2020 que tiene por objeto el remate de siete (7) bienes inmuebles; pertenecientes al benemérito Cuerpo de Bomberos de la ciudad de Guayaquil, según la Resolución Administrativa Nro. BCBG.RDA-2020005, de fecha 12 octubre de 2020. En Riobamba: 1) Vigilar el cumplimiento del Acuerdo Ministerial Nro. 244, emitido por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, referente a la implementación del registro de producción y certificado para la movilización de papa y cebolla, en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo; 2) Vigilar el proceso de elecciones del Rector (a) y Vicerrectores (ras) de la Universidad Nacional de Chimborazo, para el período 2021-2026; 3) Vigilar el proceso de concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación del Registrador Mercantil de Riobamba EnAmbato:1)Vigilar los procesos de contratación de mecánica multimarcas, mecánica vehículos kía, combustible, mecánica multimarcas motocicletas, que se llevara a cabo en la Sub-zona Tungurahua Nro. 18, en el año 2021; y, 2) Vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición para la selección y designación del registrador mercantil del cantón Ambato.
¿Cuál es el procedimiento para conformar una Veeduría Ciudadana? 1)
Inscripción de la veeduría: Los ciudadanos; las organizaciones de hecho o de derecho; los organismos de control que regulan y garantizan sobre procesos, obras y servicios; y, las autoridades, servidoras y servidores públicos: