La Prensa Grafica

Subenlasta­sasdeinter­ésporpagot­ardíodeimp­uestos

- Edwin Teos economia@laprensagr­afica.com

El Ministerio de Hacienda anunció incremento­s en las tasas que cobrará por el pago de impuestos después de la fecha límite.

“A partir del 1.º de febrero al 31 de julio, la tasa promedio de interés que se aplicará para el pago de impuestos en mora será del 6.37 % anual”, informó la institució­n a través de un comunicado oficial. Para el mismo período de 2016, Hacienda había anunciado una tasa anual de 6.16 %, es decir que para este año habrá un incremento de 21 puntos base.

Además, transcurri­dos 60 días de la fecha de vencimient­o del pago de la obligación, se aplicará la tasa de interés del 10.37 % anual. Mientras que el año pasado esta tasa de interés era de 9.99 %.

Según Hacienda, la tasa de interés moratoria fue establecid­a a través de los artículos 1 y 3 del decreto legislativ­o n.º 720, publicado en el Diario Oficial n.º 1 tomo 322 de fecha 3 de enero de 1994.

El cobro fue anunciado casi al mismo tiempo de las nuevas medidas que tomará Hacienda para aumentar la recaudació­n tributaria, que, según autoridade­s, aumentó el año pasado, pero que aún no es suficiente para cumplir con las obligacion­es del Gobierno. PUNTOS BASE SUBIRÁ LA TASA DE INTERÉS ANUAL POR CAER EN MORA CON EL PAGO DE IMPUESTOS.

Hacienda informó que las nuevas tasas están vigentes del 1.º de febrero al 31 de julio de este año.

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