Autoridades ignoran ley al no pedir declaración a la hora de renovar DUI
Código Electoral establece que al cambiar domicilio en DUI hay que presentar una declaración jurada para evitar fraude electoral que es penado con cárcel. RNPN y TSE alegan no tener capacidad instalada.
El Código Electoral es claro cuando dice en su artículo 25 que “todo ciudadano o ciudadana inscrito en el registro electoral, al cambiar su residencia está en la obligación de presentarse al Registro Nacional de las Personas Naturales, a informar sobre dicho cambio, mediante declaración jurada, lo que implicará la emisión de un nuevo Documento Único de Identidad; debiendo el Registro Nacional de las Personas Naturales dar aviso al tribunal de manera inmediata sobre dicha modificación, a efecto de que se cambie el lugar de votación del ciudadano o ciudadana”.
Faltan alrededor de tres semanas para que se cierre el padrón electoral y esa disposición de la ley no se está cumpliendo. Así se ha podido constatar en uno de los principales duicentros del país donde hasta los empleados de la empresa contratada para emitir los documentos dicen que no es necesario llevar más documentos que el DUI a modificar y el recibo de cancelado. (Ver nota secundaria).
El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), principal entidad encargada, y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) se desligan de la obligación de verificar documentación pertinente.
“La ley actualmente establece una declaración jurada que se ha venido manejando como un requerimiento administrativo en el RNPN porque realmente el ciudadano tiene derecho a cambiar de domicilio, lo tiene, eso no es ningún problema”, dijo el magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Miguel Ángel Cardoza, respecto al tema.
El magistrado conociendo los requisitos, aceptó que no se ha sido “tan exigente en ello” por lo mismo de que todos los ciudadanos tienen derecho.