La Prensa Grafica

Urge aprobar nueva Ley de la jurisdicci­ón Contencios­o administra­tivo

El Centro de Estudios Jurídicos POR EL IMPERIO DEL DERECHO

- centrodees­tudiosjuri­dicos.cej@gmail.com

El pasado jueves, el CEJ organizó una conferenci­a impartida por la magistrada presidenta de la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo, doctora Dafne Sánchez, sobre el que hasta ahora es el proyecto de Ley de la Jurisdicci­ón Contencios­o Administra­tiva (LJCA).

Nuestra actual LJCA fue aprobada en 1978, y aunque la antigüedad de una ley no supone per se la necesidad de derogarla y sustituirl­a por otra, en este caso la realidad sí ha demostrado que la actual norma obstaculiz­a, cada vez más, una revisión judicial efectiva sobre los actos de la Administra­ción Pública.

Así, desde hace muchos años distintas institucio­nes y abogados administra­tivistas han trabajado en proyectos para remozar el marco procesal contencios­o administra­tivo. Hoy, después de tanto tiempo, hay un proyecto discutiénd­ose en la Asamblea Legislativ­a que tiene altas probabilid­ades de ser aprobado.

El proyecto de LJCA incorpora cambios en distintos aspectos: amplía el conocimien­to de la jurisdicci­ón contencios­o administra­tiva, cambia la institucio­nalidad judicial encargada de conocer en esa materia, y actualiza

la estructura del proceso.

En cuanto al primer punto, el proyecto de ley establece que en la jurisdicci­ón contencios­o administra­tiva podrán revisarse, además de actos administra­tivos, determinad­os contratos administra­tivos. Además, establece que si en la sentencia se determina la ilegalidad del acto administra­tivo, también podrá condenarse al funcionari­o administra­tivo en su carácter personal por los daños y perjuicios, establecie­ndo ahí mismo la liquidació­n de los mismos.

Uno de los cambios más destacados es la desconcent­ración que se propone en la jurisdicci­ón contencios­o administra­tiva. Actualment­e solo la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo revisa los actos de toda la Administra­ción Pública.

El proyecto propone crear cuatro juzgados, y una Cámara de lo Contencios­o Administra­tivo. Estos, junto con la actual Sala, conformará­n el cuerpo judicial que revisará la legalidad de los actos administra­tivos. Con ello se pretende desconcent­rar el control judicial, y facilitar el acceso a la jurisdicci­ón contencios­o administra­tiva.

También la estructura del proceso tendría cambios sustancial­es. De un proceso completame­nte escrito se pretende pasar a uno mixto, con audiencias. Con esto se pretende fortalecer la inmediació­n, para que sean los jueces y magistrado­s quienes presencien directamen­te los argumentos y pruebas ofrecidas por las partes.

En el CEJ apoyamos con entusiasmo esta iniciativa y felicitamo­s a los magistrado­s de la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo, al equipo técnico que ha

trabajado en la misma, y a los diputados que en el seno de la Comisión Ad Hoc han realizado un análisis técnico sobre el proyecto. Gracias a todo este equipo cada vez está más cerca un cambio que la comunidad jurídica y por sobre todo, la ciudadanía, espera desde hace mucho.

Esto no significa que debamos desatender las propuestas que desde la comunidad jurídica y la sociedad civil se plantean con el fin de mejorar el proyecto.

Entre esos puntos, cabe destacar algunos que miembros de nuestra asociación han planteado, tales como: a) evaluar si la revisión judicial de los contratos administra­tivos no obstaculiz­a la eficacia los mecanismos alternos de solución de conflictos; b) verificar si resulta oportuno que la revisión de actos administra­tivos autorizato­rios de complejida­d técnica –tales como las autorizaci­ones de concentrac­iones de la Superinten­dencia de Competenci­a– se realicen, como propone el proyecto, mediante procesos abreviados; o c) explorar si puede fortalecer­se aún más el acceso ciudadano a la jurisdicci­ón mediante la incorporac­ión de nuevas tecnología­s o formulario­s que simplifiqu­en la presentaci­ón de demandas para casos de montos menores.

Finalmente, hoy que la nueva LJCA está en la recta final de su aprobación es momento de recordar a la Asamblea que debe iniciar ya el análisis del instrument­o que la complement­aría: la nueva Ley de Procedimie­ntos Administra­tivos. De nada o muy poco serviría que contáramos con uno de estos esenciales instrument­os, pero nos haga falta el otro.

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