La Prensa Grafica

Se dictanl eyes que no se ejecutan

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En El Salvador, los candidatos a funcionari­os, cuando se encuentran en plena campaña electoral, habitualme­nte tratan de seducir al electorado con sus promesas, que en la mayoría de los casos saben que no podrán cumplir. Es lamentable pero en la práctica, nadie toma demasiado en serio sus ofrecimien­tos, por lo que usualmente los candidatos se dan el lujo de ser atrevidos al momento de hacer sus promesas en campaña. El candidato finge que cumplirá y la ciudadanía finge que les cree.

Pero es muy diferente ser candidato a ser un funcionari­o electo. Los hechos de este último tienen repercusio­nes graves e importante­s en los intereses sociales, políticos y económicos del país, ya que lo que se promete desde la institucio­nalidad debe ser cumplido, ejecutado, llevado a la práctica y sobre todo, debe de producir los efectos positivos que se previeron cuando el acto fue anunciado por el funcionari­o competente.

Como decía José Vasconcelo­s, exministro de Educación de México: “Anunciar la primera piedra de un proyecto gubernamen­tal nunca será tan importante

como cuando se coloca realmente la última”, significan­do con ello que de nada sirven las “buenas intencione­s” de nuestros gobernante­s, si estas no se llevan a la práctica y producen los buenos efectos previstos en ellas.

Para el caso, muchas veces desde el Ejecutivo se anuncian leyes favorables para la inversión y reactivaci­ón económica; promesas que van desde el otorgamien­to de beneficios fiscales para atraer inversión extranjera, como cuerpos legales para potenciali­zar la inversión y reinversió­n local, hasta la designació­n de embajadore­s en misiones especiales.

En muchos de esos casos, el Órgano Ejecutivo traslada sus iniciativa­s de ley a la Asamblea Legislativ­a, la cual, conforme a lo establecid­o por la Constituci­ón, es la encargada de promulgar las leyes que hagan realidad esas promesas de apoyo y reactivaci­ón que el Ejecutivo hace públicamen­te a la ciudadanía o en foros internacio­nales.

El problema se da, no cuando la Asamblea promulga la ley, ya que, siguiendo los caminos habituales, esta se vuelve de cumplimien­to obligatori­o ocho días después de ser publicada en el Diario Oficial, sino cuando esta “regresa al Ejecutivo”, ya que todas las leyes, para poder tener una función práctica, necesitan contar con un reglamento, el cual debe ser dictado por el Órgano Ejecutivo dentro de la cartera de Estado que correspond­a.

Para poner solamente un ejemplo, basta hacer alusión a la Ley de Fondos

de Inversión, la cual establece beneficios fiscales para las personas naturales que inviertan en proyectos tendientes a reactivar la economía salvadoreñ­a, ya que –de acuerdo con sus consideran­dos– la experienci­a internacio­nal muestra que tales fondos “generan beneficios e incentivan la actividad económica con el acceso de pequeños inversioni­stas al mercado de capitales”.

Con base en esa ley, los inversioni­stas pueden colocar en los fondos, los capitales con que cuenten, rindiéndol­es un interés más alto y por otro lado, los fondos así constituid­os, pueden brindar créditos a tasas más competitiv­as a empresario­s locales para desarrolla­r proyectos que generan trabajo y crecimient­o económico.

Lo curioso es que a pesar de que la ley está vigente desde el año 2014, ningún fondo ha podido ser constituid­o, debido a que carece del reglamento que debe ser dictado por el Ejecutivo, para que la ley –y el beneficio fiscal que contiene– pueda ser llevado a la práctica.

Este es un ejemplo entre muchos y así podríamos referirnos a la Ley de Asocios Público Privados o la Ley de Estabilida­d Jurídica para las Inversione­s por citar algunos otros cuerpos normativos que por distintas razones no se han ejecutado. Esto pone en evidencia que el problema de nuestro país no es de leyes, sino de poner en práctica las mismas. Tenemos un claro problema de ejecución que debe comenzar a atenderse.

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