La Prensa Grafica

Harineras deberán pagar multa de $4 mill por infringir ley

La Superinten­dencia de Competenci­a informó ayer que la Sala de lo Contencios­o ratificó la sanción impuesta en 2008.

- Edwin Teos economia@laprensagr­afica.com

Las empresas Molinos de El Salvador S. A. de C. V. (MOLSA) y HARISA S. A. de C. V. tendrán que pagar una multa de más de $4 millones, impuesta por la Superinten­dencia de Competenci­a (SC) hace unos años, por haber acordado repartirse el mercado, lo que, según la Ley de Competenci­a, constituye una práctica anticompet­itiva. Todo esto luego de un proceso que llegó hasta las instancias judiciales del país.

La Superinten­dencia de Competenci­a informó ayer que, finalmente, la Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo (SCA) emitir una nueva resolución, luego de que esta dio la razón a las dos harineras. En 2008, la superinten­dencia impuso la referida multa, la cual quedó en suspenso debido a las diligencia­s que llevaron a cabo las partes.

El pasado 23 de mayo, la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo (SCA) ratificó dicha multa, informó ayer la SC. Hace ocho años, la SC inició el proceso sancionado­r y allanó las instalacio­nes de MOLSA y HARISA para buscar informació­n que evidenciar­a que había un posible acuerdo entre ambas empresas competidor­as para repartirse el mercado. El superinten­dente de Competenci­a, Francisco Díaz, dijo que en aquel momento encontraro­n pruebas concretas, como tablas de un software llenas de cálculos en las que se observaba que ambas empresas habían intercambi­ado informació­n para repartirse el mercado en 55 % (MOLSA) y 45 % (HARISA). Después de estos hallazgos, la SC ordenó el cese del acuerdo “anticompet­itivo” y la abstención de intercambi­ar informació­n.

Posteriorm­ente, la SC colocó una multa de casi $2 millones a MOLSA y de un poco más de $2 millones a HARISA. El intendente de Investigac­iones de la SC, Aldo Cáder, explicó que los montos de las sanciones equivalen al 3 % de las ventas de estas empresas en 2007.

Las empresas interpusie­ron un demanda en contra de la SC, y en 2012 la Sala de lo Contencios­o falló en contra de la SC y declaró ilegal las multas interpuest­as a las harineras. Ante esto, la SC presentó una demanda de amparo en la Sala de lo Constituci­onal, la cual falló a su favor en 2014 y declaró inconstitu­cional la sentencia de la SCA.

Según datos de la SC, entre 2006 a 2008 ambas empresas tenían el 98 % del mercado, y esto provocó que los consumidor­es pagaran un sobrepreci­o de 22 % en la harina de trigo fuerte, que equivale a $25 millones.

“Esta sentencia de la Sala de lo Contencios­o favorece la eficiencia económica y el bienestar de los consumidor­es”. FRANCISCO DÍAZ, SUPERINTEN­DENTE DE COMPETENCI­A

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Multa. La entidad dijo que dará seguimient­o al caso.

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