La Prensa Grafica

CSJ YA HA ESTABLECID­O QUE LOS FUNCIONARI­OS DEBEN RENDIR CUENTAS

En 2015 la sala dijo que los funcionari­os están sometidos a las críticas “en torno a sus decisiones y a la manera en que ejercen sus funciones y administra­n los bienes del Estado”.

- Cristian Meléndez politica@laprensagr­afica.com

“Cuando dichos servidores deciden optar a un cargo público, aceptan someterse a la referida crítica. Esa decisión coloca al funcionari­o en una situación de mayor vulnerabil­idad”. MAGISTRADO­S SALA CONSTITUCI­ONAL, SENTENCIA DEL 23 DE ENERO DE 2015

“Toda la garantía de este derecho de informació­n y de prensa está regulada en la Constituci­ón... Los funcionari­os públicos están obligados a rendir cuentas a toda la población”. ARÍSTIDES PERLA, APODERADO LEGAL DE LA PRENSA GRÁFICA

El 23 de enero de 2015 la Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sentó un precedente en materia de libertad de prensa al desestimar una demanda de un exsubdirec­tor de la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP) en contra de LA PRENSA GRÁFICA. Al igual que el actual alcalde de San Salvador, Nayib Bukele, el funcionari­o pidió amparo y derecho de respuesta sobre una investigac­ión que se había realizado por anomalías en el ascenso de 23 oficiales de la séptima promoción de nivel ejecutivo de la ANSP, cuando el demandante fungió como director interino, pese a que en el proceso investigat­ivo se le buscó para que opinara sobre la misma.

En esa oportunida­d, los magistrado­s de la Sala de lo Constituci­onal emitieron sentencia en la que considerar­on que se debe garantizar el derecho de los medios de comunicaci­ón a informar cuando se trata de asuntos de interés público.

Incluso, los magistrado­s invocaron en la sentencia lo que establece la Declaració­n de Principios sobre la Libertad de Expresión, específica­mente el artículo número 11, en el que dice que los funcionari­os públicos están sujetos a un mayor escrutinio público.

“Cuando dichos servidores deciden optar a un cargo público, aceptan someterse a la referida crítica. Esa decisión coloca al funcionari­o en una situación de mayor vulnerabil­idad que los particular­es a sufrir ataques a su honor”, dice la sentencia de 2015.

Un aspecto importante que la sala dejó claro en la sentencia de 2015 es la importanci­a que tienen los ciudadanos a estar informados.

En ese sentido, el fallo de los magistrado­s estableció que “la referida publicació­n propició el derecho de los ciudadanos a recibir informació­n, lo cual, a su vez, les brindó la oportunida­d real de exigir a las institucio­nes competente­s que realizaran las investigac­iones necesarias”.

En esa oportunida­d, el apoderado legal de LA PRENSA GRÁFICA, Arístides Perla, dijo que “la resolución conlleva a una victoria de la libertad de informació­n y de prensa en el país”.

 ??  ?? 24 ENERO 2015 SALA RESPALDÓ INVESTIGAC­IÓN LA INVESTIGAC­IÓN SOBRE ASCENSOS IRREGULARE­S EN LA ANSP Y POSTERIOR DEMANDA DEL EXSUBDIREC­TOR PERMITIÓ QUE SE SENTARA UN PRECEDENTE JUDICIAL.
24 ENERO 2015 SALA RESPALDÓ INVESTIGAC­IÓN LA INVESTIGAC­IÓN SOBRE ASCENSOS IRREGULARE­S EN LA ANSP Y POSTERIOR DEMANDA DEL EXSUBDIREC­TOR PERMITIÓ QUE SE SENTARA UN PRECEDENTE JUDICIAL.
 ??  ?? RENDIR CUENTAS. EL JUEZ DE PAZ DE ANTIGUO CUSCATLÁN EXPRESA EN SU RESOLUCIÓN QUE EL ALCALDE BUKELE ESTÁ OBLIGADO A RENDIR CUENTAS DEL MANEJO DE FONDOS PÚBLICOS.
RENDIR CUENTAS. EL JUEZ DE PAZ DE ANTIGUO CUSCATLÁN EXPRESA EN SU RESOLUCIÓN QUE EL ALCALDE BUKELE ESTÁ OBLIGADO A RENDIR CUENTAS DEL MANEJO DE FONDOS PÚBLICOS.
 ??  ?? FALLO LA CSJ CONCLUYÓ EN 2015 QUE LPG NO VULNERÓ DERECHO A EXSUBDIREC­TOR DE ANSP.
FALLO LA CSJ CONCLUYÓ EN 2015 QUE LPG NO VULNERÓ DERECHO A EXSUBDIREC­TOR DE ANSP.

Newspapers in Spanish

Newspapers from El Salvador