Unasentencia parael equilibriofiscal
Cuando en cualquier partido de algún deporte, hay controversias y opiniones divididas, muy bien hacen los árbitros en dar su veredicto y los demás en aceptarlo para que el juego continúe; acatar lo dictaminado es la mejor manera para resolver y dirimir el motivo de la discordia. Entre los participantes o jugadores, en su afán, pueden no aceptar la decisión; incluso después del partido pueden estar molestos y culpar el árbitro del resultado contrario a su equipo, pero eso no modifica el veredicto.
La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional el presupuesto 2017, y se han generado discrepancias y posiciones diferentes. Sin embargo, bien hacemos como ciudadanos en reconocer y acatar lo dictaminado; de igual manera que en todas las democracias, la Sala, como tribunal judicial, tiene la función de impartir justicia y su respeto es signo de estabilidad y armonía.
La sentencia señala que el “derecho constitucional presupuestario reconoce varios principios, entre los cuales interesa hacer referencia a los de universalidad, unidad y de equilibrio”. Dictaminó que lo actuado en el presupuesto 2017, aunque sí cumple con la unidad, ante la incorporación parcial de gastos, no cumple con el criterio de universalidad, quebrantando el orden constitucional. En relación con el principio de equilibrio, la sentencia reza que el manejo del déficit fiscal, con los procedimientos seguidos en el presupuesto, “obstaculiza seriamente la estabilidad de las finanzas públicas e impacta en el equilibrio presupuestario que establece el art. 226 Cn., por lo que deben adoptarse medidas para corregir esta infracción constitucional”.
Aunque ese mismo artículo establece que es el Órgano Ejecutivo el que tiene la dirección de las finanzas públicas, también estipula que ese mismo órgano está obligado a conservar el equilibrio, pero su actuación no ha sido acorde con ese objetivo. Debido al incentivo económico político de conseguir su aprobación, sobreestimó ingresos y subestimó gastos, es decir, propició justamente desequilibro o déficit, impulsando un presupuesto incompleto. Este hecho evita que la Asamblea Legislativa discuta y haga su parte decidiendo temas del orden del gasto, quien puede “disminuir o rechazar” pero nunca “aumentar los créditos solicitados” (Art. 227). A lo anterior se añade la falta de acuerdo de las dos fuerzas políticas mayoritarias, debido a lo cual una vez que el gasto es direccionado, dando un espejismo de garantía de buen funcionamiento, se dejó en un segundo momento discutir el endeudamiento con mayoría calificada, lo cual tiene consecuencias más allá del derecho constitucional.
Económicamente, se evaden temas difíciles y se sucumbe al incentivo más seductor para el político de hacer trámite fácil, aunque eso implique atascar al país más tarde. Por ejemplo, la falta de una discusión completa y seria repercute en un déficit fiscal persistente, síntoma más bien de déficit de decisiones, dejando otras oportunidades fuera, temas como: un horizonte con planificación plurianual coherente para sanear las finanzas públicas, suficiencia de los ingresos junto con canales de retroalimentación para evaluar los resultados del gasto, así como la práctica de saltarse la discusión sobre el financiamiento atrofia el músculo para llegar a acuerdos, a los cuales después se debe arribar rápidamente para conseguir el financiamiento, dejando de lado adecuados instrumentos para el manejo de la deuda pública de manera integral, y se recurre como único camino para financiar el déficit a las Letras del Tesoro (LETES), que son títulos valores de vencimiento en un año.
La práctica, hasta hoy, retroalimentó una visión parcial, fragmentada, no conveniente para las finanzas públicas (considerando que la realización del gasto no tiene relación directa con su financiamiento); por ello, el fallo es transcendental, y sin duda fortalece el marco institucional porque sienta precedente para el futuro, como un valladar para el buen procedimiento, tan inmediato como la presentación del nuevo presupuesto. En este sentido, más bien la sentencia podría dar nuevos brillos y propiciar que los participantes enderecen las finanzas públicas con el incentivo económico político correcto del diálogo, fortaleciendo los mecanismos de discusión y búsqueda de soluciones que el país necesita.