Cámara rechaza poner fin a juicio contra García Calderón
Abogados alegaron que algunas de las irregularidades señaladas ya prescribieron. Audiencia por enriquecimiento ilícito continuará este día.
Abogados defensores del expresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Agustín García Calderón y de su esposa, Gloria de García, intentaron detener el proceso civil por enriquecimiento ilícito en contra de sus clientes, en la primera etapa de la audiencia preparatoria que inició ayer.
Ambos fueron demandados por la Fiscalía General de la República (FGR) por no poder justificar el origen lícito de $193,536.61, presuntamente obtenidos cuando García Calderón fungió como presidente de la Corte, entre 2000 y 2009.
Los litigantes presentaron una contestación de la demanda en la cual argumentaron que el instrumento legal era improponible; sin embargo, esta conclusión fue desestimada por los magistrados de la Cámara Primera de lo Civil.
Los representantes legales de García Calderón apuntaron que la irregularidad señalada sobre el cobro de $28,000 en el seguro por retiro voluntario no es parte de la resolución de la Corte, sino que se ampara en el voto concurrente de tres magistrados, por lo que no debía ser conocida.
Lo anterior debido a que Corte Plena avaló procesar al expresidente de la Corte por $165,252.97, con base en cuatro hallazgos. La Fiscalía sumó a esa cantidad un quinto hallazgo, señalado únicamente por el voto razonado de tres magistrados, por $28,283.64 de la bonificación que García cobró por retiro voluntario al cese de sus funciones.
Los defensores también señalaron que más de $80,000 señalados debían desestimarse porque responden a transacciones posteriores a la gestión de García Calderón. Sin embargo, los fiscales consideran que es posible auditar esta etapa por la calidad de exfuncionario del demandado.
Los representantes legales de
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EXPRESIDENTE DE LA CSJ Y SU ESPOSA ENFRENTAN AUDIENCIA POR ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO. MIL DÓLARES EN DEPÓSITOS NO PUDO JUSTIFICAR EL EXPRESIDENTE DE LA CORTE LUEGO DE SU GESTIÓN. FGR ASEGURÓ QUE EN CASOS DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EL DINERO SE USA AL TERMINAR EL CARGO. MIL DÓLARES FUE EL TOTAL QUE LA SECCIÓN DE PROBIDAD DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SEÑALÓ COMO MONTO SIN JUSTIFICAR EN EL CASO DEL EXPRESIDENTE DE LA CORTE AGUSTÍN GARCÍA CALDERÓN. García Calderón añadieron que dos de los períodos auditados (2003-2006 y 2006-2009) ya prescribieron, ya que la Ley contra el Enriquecimiento Ilícito establece un plazo de 10 años de prescripción. Sobre esto, los fiscales dijeron que el período auditado es uno solo hasta 2009 y no está segmentado por sus gestiones presidenciales. Por su parte, los magistrados señalaron que se pronunciarán sobre este punto al emitir una sentencia al final del proceso judicial.
Ayer, en la primera etapa del proceso civil, las partes presentaron las pruebas documentales. La Fiscalía estableció su pretensión en que el expresidente de la CSJ reintegre los más de $193,000 que estableció la demanda y se le prohíba acceder a cargos públicos por los próximos 10 años.
La Fiscalía realizó la demanda con base en el examen realizado por la Sección de Probidad de la Corte. En dicho documento se señala que García Calderón no pudo justificar el origen de $70,944 adicionales a lo provenía de salarios y prestaciones, $81,006 que realizó en depósitos bancarios luego de su gestión, la compra de dos vehículos por $22,000 luego de terminada su gestión. A lo que se añadió el cobro del seguro por retiro voluntario.
El informe de Probidad señaló que la esposa de García Calderón compró un carro por $10,000 a Ra- fael Eduardo Ardón Romero, cuñado del narcotraficante José Misael Cisneros, alias “Medio Millón”.
Según la documentación de Probidad, Ardón compró ese carro por $22,900, y luego lo vendió libre de impuesto a la esposa del exmagistrado.
Actualmente 11 cuentas y dos vehículos señalados en el caso se encuentran congelados, como parte de una medida cautelar.
La audiencia inicial continuará este día. Se espera que se presente la prueba pericial y testimonial que se conocerá en el caso.