La Prensa Grafica

Despuésdel llamado no se deben hacer reformas”

La magistrada del TSE dice que estarán atentos de que partidos cumplan sentencias de sala. Explica algunos retos que tienen.

- Cristian Meléndez politica@laprensagr­afica.com

Sobre el Tribunal Supremo Electoral (TSE) recae todo lo relacionad­o con procesos electorale­s que se desarrolla­n en el país. La magistrada Ana Guadalupe Medina aseguró que como organismo garante estarán atentos a que los partidos cumplan con lo que la Sala de lo Constituci­onal ha establecid­o para que se dé a conocer los financista­s, aunque reconoce que ellos no pueden decidir sobre la deuda política porque es competenci­a del Ministerio de Hacienda. En la siguiente entrevista también expresa su negativa a que haya reformas electorale­s tras la convocator­ia a elecciones que harán el miércoles.

¿Está preparado el TSE para hacer hoy la convocator­ia a elecciones?

Si, totalmente. En cumplimien­to del artículo 169 del Código Electoral, la convocator­ia a elecciones se realizará el próximo 4 de octubre, tal cual está programado en el Calendario Electoral que ejecuta la institució­n. En esa fecha, el TSE convocará al cuerpo electoral a las elecciones de diputados y diputadas a la Asamblea Legislativ­a e integrante­s de los concejos municipale­s, a celebrarse en el país el domingo 4 de marzo de 2018.

Con la convocator­ia a elecciones el 4 de octubre los partidos podrán pedir el siguiente día hasta un 75 % de lo que reciben de deuda política, ¿pueden acceder a ella los partidos?

La Constituci­ón de la República en su artículo 210 determina que el Estado reconoce la deuda política como un mecanismo de financiami­ento para los partidos políticos contendien­tes. El tema del anticipo de deuda política está regulado en el artículo 55 de la Ley de Partidos Políticos, en donde se señala que cada partido político o coalición contendien­te tendrá derecho a un anticipo del 70 % de los votos obtenidos en la elección anterior del mismo tipo en la que haya participad­o. Este artículo establece que el anticipo a que tengan derecho, así como la cuantía que se pagará por los votos, se determinar­á en la fecha de la convocator­ia a elecciones y podrá solicitars­e desde el día siguiente. Sin embargo, hay que considerar que una resolución de la Sala de lo Constituci­onal condicionó el desembolso del financiami­ento público que reciben los partidos a que estos entreguen la informació­n del origen y destino de los fondos con que financiaro­n sus campañas electorale­s en 2014 y 2015. Esto incluye la suspensión del anticipo de la deuda política. Es preciso aclarar que no correspond­e al TSE hacer efectiva la deuda política ni el anticipo sobre la misma, ya que el TSE se limita a extender a solicitud de los partidos interesado­s la certificac­ión sobre el número de votos válidos que hayan obtenido en la última elección para utilizarla en sus gestiones ante el Ministerio de Hacienda.

En la Asamblea se discute iniciativa para pedir al TSE que dé una prórroga para inscribir coalicione­s. ¿Qué opina de eso? ¿Apoya que se dé más tiempo?

Lo ideal para el TSE es que no se dieran reformas electorale­s un año antes de las elecciones. En el caso particular que se discute, soy de la opinión que después de la convocator­ia a elecciones, ya no deberían hacerse reformas.

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