La Prensa Grafica

Aprueban ley para proteger víctimas de desaparici­ón

Pasaron dos años discutiend­o el proyecto en el Congreso y ahora ya es una normativa.

- Efe mundo@laprensagr­afica.com

México aprobó ayer la Ley General de Desaparici­ón Forzada y Desaparici­ón por Particular­es, tras dos años de discusión en el Legislativ­o con la colaboraci­ón de familiares de desapareci­dos, quienes exigían que la norma pasara cuanto antes para enfrentar una problemáti­ca que suma miles de víctimas en el país.

Con 361 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la ley, que empezó a trabajarse en 2015 y pasó en el Senado el 27 de abril de este año.

La cámara baja turnó ayer el dictamen aprobado al Ejecutivo para su publicació­n en el Diario Oficial de la Federación.

La ley establece un Sistema Nacional de Búsqueda, una Comisión Nacional de Búsqueda y mecanismos para el intercambi­o de informació­n de la materia entre institucio­nes.

Además, se crean protocolos con directrice­s para los procesos de búsqueda, se establece la declarator­ia especial de ausencia para reconocer la personalid­ad jurídica de las personas desapareci­das y se establecen los derechos de las víctimas y los mecanismos de apoyo.

Quien cometa este delito tendrá una pena de 40 a 60 años de prisión.

EN EL CASO DE QUE LA VÍCTIMA SEA MIGRANTE, NIÑA, NIÑO O ADOLESCENT­E, MUJER, MUJER EMBARAZADA, PERSONA CON DISCAPACID­AD O PERSONA MAYOR, PERIODISTA O DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS, ESTAS PENAS PODRÍAN AUMENTAR HASTA EN 50 %.

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