Aprueban ley para proteger víctimas de desaparición
Pasaron dos años discutiendo el proyecto en el Congreso y ahora ya es una normativa.
México aprobó ayer la Ley General de Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares, tras dos años de discusión en el Legislativo con la colaboración de familiares de desaparecidos, quienes exigían que la norma pasara cuanto antes para enfrentar una problemática que suma miles de víctimas en el país.
Con 361 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la ley, que empezó a trabajarse en 2015 y pasó en el Senado el 27 de abril de este año.
La cámara baja turnó ayer el dictamen aprobado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La ley establece un Sistema Nacional de Búsqueda, una Comisión Nacional de Búsqueda y mecanismos para el intercambio de información de la materia entre instituciones.
Además, se crean protocolos con directrices para los procesos de búsqueda, se establece la declaratoria especial de ausencia para reconocer la personalidad jurídica de las personas desaparecidas y se establecen los derechos de las víctimas y los mecanismos de apoyo.
Quien cometa este delito tendrá una pena de 40 a 60 años de prisión.
EN EL CASO DE QUE LA VÍCTIMA SEA MIGRANTE, NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE, MUJER, MUJER EMBARAZADA, PERSONA CON DISCAPACIDAD O PERSONA MAYOR, PERIODISTA O DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS, ESTAS PENAS PODRÍAN AUMENTAR HASTA EN 50 %.