Sala declaró inconstitucionales reformas a leyes de autónomas hechas en administración Funes
Los cambios fueron hechos en 2012 y revertidos a partir de 2016 con la sentencia.
A finales de 2016, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucionales las reformas hechas en 2012, a solicitud del entonces presidente Mauricio Funes, a 19 leyes de instituciones autónomas con las que se modificó la forma de elección de los representantes del sector privado. Funes aseveró que las reformas de la Asamblea Legislativa con las que podía elegir directivos de las autónomas eran un mecanismo para democratizar la participación del sector privado.
“¿Quién dice que estamos quitando a los empresarios del sector patronal de las juntas directivas? Lo que yo estoy haciendo es democratizando”, dijo Funes. “La ANEP es la que más dinero tiene para publicar campos pagados en la televisión, la que menos contribuye a generar un clima de estabilidad en el país... No es cierto que estoy nacionalizando las instituciones que ya son del Estado, ¡eso no tiene lógica!”, declaró Funes en agosto de 2012.
Luego de que la Asamblea Legislativa aprobó los 19 decretos, la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), por medio de sus gremiales, rompió sus vínculos con el Ejecutivo. “Queremos anunciar también el retiro de nuestros representantes de otras instituciones públicas”, dijo Jorge Daboub, quien en 2012 presidía la ANEP.
La asociación nacional, además, interpuso una queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por las reformas a las leyes de los entes tripartitos, es decir, con participación del sector empleador, el sector trabajador y el Gobierno. La OIT concluyó en 2013 que el Gobierno salvadoreño violó los convenios 87, 98 y 144 al impulsar reformas a las leyes de 19 autónomas.
En 2016, la Sala de lo Constitucional argumentó para declarar la inconstitucionalidad que las reformas se hicieron bajo el procedimiento de “dispensa de trámites”, sin que el pleno legislativo haya aducido razón alguna para justificar la urgencia en su aprobación.
“Las dispensas de trámites registradas en el acta carecen de razón alguna que las haya justificado. La urgencia con que las reformas a las leyes en cuestión fueron aprobadas no fue razonada, ni oral ni por escrito. Esto significa que el proyecto de las reformas no fue objeto de estudio en ninguna comisión legislativa”, dice el fallo.
“ANEP realizó el proceso interno de selección, y se ha enviado correspondencia al Gobierno hace dos meses y el director nombrado por ANEP todavía no ha sido juramentado”. WALDO JIMÉNEZ, DIRECTOR DE ASUNTOS ECONÓMICOS DE ANEP
“Las dispensas de trámites registradas en el acta carecen de razón alguna que las haya justificado”. FALLO DE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL,