ISSS aprueba reformas del reglamento interno
Compañeras de derechohabientes tendrán control de inmediato y no deberán esperar nueve meses como antes.
“Aunque la persona sea cesada de su trabajo, puede ser atendida y seguir su control en el Seguro Social”. RICARDO CEA, DIRECTOR DEL ISSS
“Es muy interesante porque hemos hecho varias reformas que ya fueron aprobadas y que ya estamos por iniciar”. RICARDO CEA, DIRECTOR DEL ISSS
El director del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), Ricardo Cea, informó ayer sobre cuatro reformas del reglamento de la autónoma que vendrán a beneficiar tanto a los cotizantes como a los beneficiarios. Una de ellas es que se permitirá que la compañera de vida de un derechohabiente podrá recibir los servicios en el Seguro Social desde el momento de su inscripción, y no tendrá que esperar nueve meses por una posible maternidad.
“Es muy interesante porque hemos hecho varias reformas que ya fueron aprobadas y que ya estamos por iniciar la difusión”, dijo Cea ayer. La reforma posibilita que si una mujer es inscrita por su pareja, ella reciba atención de inmediato, lo que antes no era posible por un posible embarazo. “Si era la mujer la que trabajaba y el hombre era el beneficiario, el día siguiente inscrito podía ser atendido, la mujer tenía que esperar nueve meses, y eso nos parecía injusto”.
Además señaló que otra de las modificaciones hechas al reglamento es que los trabajadores que por cualquier causa quedan desempleados y que dejan de cotizar en el ISSS podrán seguir recibiendo las prestaciones de salud y medicamentos durante un año por una única especialidad que haya tenido en control en el instituto.
La tercera reforma, según Cea, es sobre la edad mínima que se le exige a los padres de un beneficiario para recibir una pensión en el momento de que el cotizante fallezca, ahora la edad mínima es de 60 años para el padre y 55 para la madre.
Mientras que la última de las cuatro reformas consiste en la edad del beneficiario, hijo del asegurado, en caso de fallecer este. Ahora hasta los 18 años se podrá optar por la pensión o hasta los 24 en el caso que se demuestre que sigue estudiando.