POR ACTIVARSE LA EXTRADICIÓN DE MAURICIO FUNES
La orden de captura internacional girada contra el expresidente abre la puerta para que Funes enfrente a la justicia en El Salvador, pese a su asilo en Nicaragua.
serva parcial de este proceso”, se lee en el documento judicial.
Además de informar a los imputados de la orden de captura en su contra, el juez también les notificará que en caso de ser detenidos, deben enfrentar la detención provisional mientras dure el siguiente proceso, el cual pasó al Juzgado Quinto de Instrucción de San Salvador.
El expresidente Funes reaccionó ayer a la resolución en su contra y escribió en su cuenta de Twitter que esperaba esa decisión “de un juez que ordena la detención de Vanda sin haberla pedido la FGR”. “Ahora confirma la detención en mi contra pasando por alto que el propio jefe fiscal responsable de la investigación aceptó hace unos días que no tenían pruebas en mi contra”, agregó.
El juez argumentó en la resolución por qué tomó la decisión de ordenar la captura del expresidente y de los demás imputados: “Advierto que en el derecho no hay respuestas correctas y la racionalidad a la que puede aspirarse no puede ser una racionalidad matemática, es una racionalidad jurídica; por lo tanto, no puede argumentarse que el juez descubre el derecho y la única interpretación son las normas”.
INCAUTACIÓN DE BIENES
Cuentas bancarias, bienes inmuebles y vehículos también fueron inmovilizados por el Juzgado Quinto de Paz, según consta en la resolución conocida ayer en la que el juez decretó la medida cautelar contra el patrimonio de los imputados.
Decidió imponer una prevención en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas contra “todos los bienes inmuebles inscritos a nombre de los imputados por los cuales se conoce en esta interlocutoría”. También aparece en el documento una prevención en el Registro Público de Vehículos Automotores sobre “todos los vehículos automotores inscritos a nombre de los imputados”.
Además, decretó la “inmovilización de cuentas y depósitos bancarios” de los procesados “en todas las instituciones bancarias del país”. El juez escribió en la resolución que al hacer la ponderación entre los derechos en juego, “resulta que pesa más el interés de garantizar la eficacia de la eventual ejecución civil y penal” que el derecho “de posesión de los imputados”.
La Fiscalía ha dicho que ha identificado 14 propiedades en el país que son del expresidente Funes pero que están a nombre de testaferros.
Además, el ministerio público asegura haber identificado bienes propiedad del exmandatario en otros países, como Estados Unidos, pero que están a nombre de otras personas.
EXPULSADO EL CAMINO MÁS CORTO PARA QUE EL EXPRESIDENTE FUNES SEA CAPTURADO POR LAS AUTORIDADES SALVADOREÑAS ES QUE EL GOBIERNO NICARAGÜENSE DE TURNO LO DECLARE PERSONA NO GRATA Y TRAMITE SU EXPULSIÓN DEL PAÍS.
El camino a una posible extradición del expresidente Mauricio Funes, para que enfrente a la justicia por la supuesta corrupción que le imputa la Fiscalía, inició con la orden de captura internacional en su contra que emitió ayer el Juzgado Quinto de Paz de San Salvador.
Expertos en derecho internacional aseguran que el procedimiento, tras la orden del juez, es la notificación a la Policía Nacional Civil (PNC) para que traslade esa solicitud a la Policía Internacional (INTERPOL), con sede en Francia. De acuerdo con el estatuto de INTERPOL, la captura de una persona que es requerida por una oficina nacional en un país debe pasar por un proceso de aprobación interna.
La discusión principal es si la persona requerida no está siendo acusada de un delito que no sea común y que viole el principio fundamental de INTERPOL “está rigurosamente prohibida a la Organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial”, reza el artículo 3 del estatuto de constitución de INTERPOL.
Por eso, la secretaría general del organismo lleva a cabo un “examen jurídico” de todas las notificaciones rojas antes de su publicación “para garantizar su conformidad con el estatuto y demás textos normativos”.
Para zanjar esa discusión, el estatuto de la Policía Internacional contiene ejemplos en los casos en que no puede ejecutar una orden de captura. Uno de ellos explica que en el caso de que un expresidente sea requerido por estar acusado de “corrupción y enri- quecimiento ilícito”, debe antes probarse que cometió el delito para buscar un beneficio personal y no por una motivación política.
Cuando INTERPOL ubica a la persona requerida en el país donde se encuentra se habilita el proceso de extradición formal, el cual en El Salvador opera a través del seguimiento de las normas ya dictadas por el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de acuerdo con los tratados internacionales entre países y las normas del sistema de Naciones Unidas, según informaron fuentes de la Corte.
Una vez INTERPOL tiene ubicada a la persona envía una notificación al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, y este canaliza el informe hacia el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública para que llegue a la Corte, que se encarga de informar al juez que está conociendo el proceso penal sobre la ubicación del requerido.
El juez de la causa se encarga de enviar la solicitud formal de extradición hacia la Corte, órgano que envía la correspondencia a la cancillería salvadoreña para que se canalice al país donde se ha ubicado al imputado.
Si la persona se encuentra con la protección de asilo, como es el caso del expresidente Funes y su familia, se debe enviar suficientes pruebas que justifiquen que la causa penal es legítima para que el Estado de Nicaragua pueda tomar la decisión de extraditar.
Fuentes de la Corte aseguraron que este trámite de comunicación con el país en donde está ubicada la persona requerida puede llegar a tardarse hasta El principio que INTERPOL se cuida de no violar en cada solicitud de difusión roja que le presenta cualquiera de los 188 Estados miembros está contemplado en su artículo 3 de constitución que reza: “Está rigurosamente prohibida a la Organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial”. unos 60 días.
Según fuentes expertas en el tema, el único precedente de extradición con asilo político que tiene la Corte salvadoreña es la solicitud que se hizo a Estados Unidos del exdiputado Roberto Silva Pereira. Esa petición de extradición se hizo en 2007, posteriormente el Gobierno estadounidense le negó el asilo al exdiputado y le procesó por delitos migratorios, causa penal por la que a la fecha no se ha hecho efectiva la extradición hacia El Salvador.
Silva Pereira es requerido por la justicia salvadoreña por lavado de dinero y por supuestamente haber ofrecido sobornos a alcaldes para ganar proyectos.
El expresidente Mauricio Funes fue el primer presidente de izquierda en llegar al poder, y semanas atrás se convirtió en el tercer presidente de la historia del país en ser procesado por la vía penal por actos de corrupción.
Según la investigación fiscal, Funes fue la cabeza de una estructura de 32 personas que se dedicó a saquear las cuentas públicas en un promedio de $192,000 diarios.
El mecanismo reflejado en la investigación parte de modificaciones presupuestarias utilizadas para reforzar la cuenta de Gastos Reservados. Luego, el dinero era pasado de la cuenta institucional hacia ocho cuentas privadas a nombre de dos empleados de Casa Presidencial en el Banco Hipotecario. Desde dichas cuentas se extrajeron $292 millones en efectivo durante el quinquenio presidencial de Funes.
Testigos y prueba documental vinculan al empresario Miguel Menéndez como principal blanqueador.