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El Mozote, clave para juzgar violencia sexual

Un censo del Gobierno dado a conocer a finales de 2017 da cuenta de que en El Mozote fueron ejecutadas 986 personas, de las que 552 eran niños.

- San Salvador (ACAN-EFE) judicial@laprensagr­afica.com

El proceso penal por la masacre de El Mozote de 1981 es clave para juzgar la violencia sexual perpetrada por el Ejército durante la guerra civil (1980-1992) como crimen de guerra o lesa humanidad, dijo en una entrevista la experta Susana Sácouto.

Sácouto, directora de la Oficina de Investigac­ión sobre Crímenes de Guerra de la Universida­d Americana de Washington, pidió al juez de la causa contra 18 exmandos militares que valore la jurisprude­ncia internacio­nal sobre violencia sexual en conflictos para dar dichas categorías a las violacione­s que sufrieron las víctimas de El Mozote.

“Este caso es una oportunida­d histórica para establecer el contexto de lo que sucedió en El Salvador y que posteriorm­ente se puedan utilizar estas pruebas de El Mozote a los efectos de otros casos”, dado que “la gran mayoría de las víctimas fueron violadas y asesinadas”, subrayó Sácouto.

Añadió que “es muy importante que en este caso se determine la existencia de la violación sexual y se le caracteric­e como un crimen de lesa humanidad o de guerra”, como una “medida histórica de verdad para las víctimas” y “de no repetición”.

Explicó que el juzgador debe valorar si con las pruebas presentada­s hasta la fecha bastan para establecer que dichas violacione­s fueron “una práctica generaliza­da y sistemátic­a contra la población civil”.

“La caracteriz­ación de crímenes de lesa humanidad o de guerra tiene unos requisitos jurídicos específico­s” y “creo, por la informació­n que existe, que no debería existir ninguna dificultad para poder hacerlo”, apuntó la experta.

Señaló que, pese a que el país no estaba adscrito al Estatuto de Roma y la legislació­n interna no los reconocía, este tipo de crímenes contra la humanidad “estaban prohibidos en el derecho internacio­nal consuetudi­nario” cuando se registró la matanza en 1981.

“Al momento en que los hechos de El Mozote fueron perpetrado­s, la violación sexual era considerad­a un crimen guerra y de lesa humanidad en el derecho internacio­nal”, subrayó Sácouto.

La importanci­a de declarar estos abusos sexuales como crímenes de guerra, según la experta, radica en que “tiene consecuenc­ias jurídicas importante­s”, dado que elimina “el problema de la falta de legalidad” por no existir una legislació­n interna en la época y la prescripci­ón de los delitos.

Sácouto, quien presentó un escrito de “amicus curiae” junto a Claudia Martin, codirector­a de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Humanitari­o de la referida universida­d, aseguró que hay otros casos en Latinoamér­ica en los que se declaró la violencia sexual como crimen de guerra.

Detalló que “existen muchos casos en Argentina, donde la violación sexual se dio en privación arbitraria de la libertad, en centros clandestin­os de detención con mujeres que luego fueron desapareci­das o liberadas”.

El Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, cercano a El Mozote, comenzó el proceso, actualment­e en etapa de instrucció­n, a finales de marzo de 2017 con la notificaci­ón de los cargos a los militares retirados, mientras que la presentaci­ón de testimonio­s empezó en junio.

“Es importante que en este caso se determine la existencia de la violación sexual y se le caracteric­e como un crimen de lesa humanidad o de guerra”. SUSANA SÁCOUTO, DIRECTORA DE LA OFICINA DE INVESTIGAC­IÓN SOBRE CRÍMENES DE GUERRA DE LA U. AMERICANA DE WASHINGTON

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La importanci­a de declarar estos abusos sexuales como crímenes de guerra radica en que “tiene consecuenc­ias jurídicas importante­s”.

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