El Mozote, clave para juzgar violencia sexual
Un censo del Gobierno dado a conocer a finales de 2017 da cuenta de que en El Mozote fueron ejecutadas 986 personas, de las que 552 eran niños.
El proceso penal por la masacre de El Mozote de 1981 es clave para juzgar la violencia sexual perpetrada por el Ejército durante la guerra civil (1980-1992) como crimen de guerra o lesa humanidad, dijo en una entrevista la experta Susana Sácouto.
Sácouto, directora de la Oficina de Investigación sobre Crímenes de Guerra de la Universidad Americana de Washington, pidió al juez de la causa contra 18 exmandos militares que valore la jurisprudencia internacional sobre violencia sexual en conflictos para dar dichas categorías a las violaciones que sufrieron las víctimas de El Mozote.
“Este caso es una oportunidad histórica para establecer el contexto de lo que sucedió en El Salvador y que posteriormente se puedan utilizar estas pruebas de El Mozote a los efectos de otros casos”, dado que “la gran mayoría de las víctimas fueron violadas y asesinadas”, subrayó Sácouto.
Añadió que “es muy importante que en este caso se determine la existencia de la violación sexual y se le caracterice como un crimen de lesa humanidad o de guerra”, como una “medida histórica de verdad para las víctimas” y “de no repetición”.
Explicó que el juzgador debe valorar si con las pruebas presentadas hasta la fecha bastan para establecer que dichas violaciones fueron “una práctica generalizada y sistemática contra la población civil”.
“La caracterización de crímenes de lesa humanidad o de guerra tiene unos requisitos jurídicos específicos” y “creo, por la información que existe, que no debería existir ninguna dificultad para poder hacerlo”, apuntó la experta.
Señaló que, pese a que el país no estaba adscrito al Estatuto de Roma y la legislación interna no los reconocía, este tipo de crímenes contra la humanidad “estaban prohibidos en el derecho internacional consuetudinario” cuando se registró la matanza en 1981.
“Al momento en que los hechos de El Mozote fueron perpetrados, la violación sexual era considerada un crimen guerra y de lesa humanidad en el derecho internacional”, subrayó Sácouto.
La importancia de declarar estos abusos sexuales como crímenes de guerra, según la experta, radica en que “tiene consecuencias jurídicas importantes”, dado que elimina “el problema de la falta de legalidad” por no existir una legislación interna en la época y la prescripción de los delitos.
Sácouto, quien presentó un escrito de “amicus curiae” junto a Claudia Martin, codirectora de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Humanitario de la referida universidad, aseguró que hay otros casos en Latinoamérica en los que se declaró la violencia sexual como crimen de guerra.
Detalló que “existen muchos casos en Argentina, donde la violación sexual se dio en privación arbitraria de la libertad, en centros clandestinos de detención con mujeres que luego fueron desaparecidas o liberadas”.
El Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, cercano a El Mozote, comenzó el proceso, actualmente en etapa de instrucción, a finales de marzo de 2017 con la notificación de los cargos a los militares retirados, mientras que la presentación de testimonios empezó en junio.
“Es importante que en este caso se determine la existencia de la violación sexual y se le caracterice como un crimen de lesa humanidad o de guerra”. SUSANA SÁCOUTO, DIRECTORA DE LA OFICINA DE INVESTIGACIÓN SOBRE CRÍMENES DE GUERRA DE LA U. AMERICANA DE WASHINGTON