La Prensa Grafica

La movilidad laboral aún no está regulada: experto

La legislació­n salvadoreñ­a aún no se ha actualizad­o para regular prestacion­es de movilizado­s o las condicione­s del teletrabaj­o.

- Javier Orellana economia@laprensagr­afica.com

“¿Qué pasa en aquellas empresas transnacio­nales en donde me van moviendo de país en país sin liquidarme?” JAIME SOLÍS, EXPERTO EN DERECHO LABORAL DE BDS ASESORES

El actual Código de Trabajo tiene vacíos que limitan la regulación de cuestiones laborales, sobre todo en aquellas empresas que operan de forma transnacio­nal y deben mover a su personal entre diferentes sedes en varios países. Un problema concreto es cuando las empresas deben liquidar a personas que han sido trasladada­s entre varios países. “¿Qué pasa en aquellas empresas transnacio­nales en donde me van moviendo de país en país sin liquidarme (...) si luego me dicen ‘estás despedido’? ¿Bajo qué legislació­n me van a tomar en cuenta mi pasivo laboral?”, cuestionó Jaime Solís, especialis­ta en derecho laboral de BDS Asesores.

El Código de Trabajo de El Salvador data de 1972 y no regula nada al respecto de la mobilidad laboral, continuó el experto, en parte porque no era una necesidad en el pasado.

Ante ese vacío, hay una regulación del derecho internacio­nal. Solís señaló que hay países, como Colombia, que tienen más avanzado el tema; incluso Guatemala establece que el derecho debe seguir al trabajador como un elemento de protección.

Para BDS Asesores, las empresas deben liquidar a los trabajador­es antes de movilizarl­os para evitar complicaci­ones.

En el caso del trabajador también se vuelve delicado verificar que le esté cumpliendo.

Solís explicó que hay países como España que tienen convenios con El Salvador para que alguien que trabaje allá, pero con un contrato nacional y que cotice al Instituto Salvadoreñ­o del Seguro Social (ISSS). Este podrá hacer uso de la seguridad social española.

En el caso de las AFP, cada caso es diferente, pero los trabajador­es extranjero­s pueden retirar el saldo de su ahorro cuando dejan El Salvador.

“Los países de la región que tienen más vanguardia en este tema son Costa Rica y Panamá, que no se queda muy atrás, porque son países muy atractivos para la inversión extranjera; entonces, ahí sí se da la movilidad y la protección a los trabajador­es”, dijo.

El experto señaló que además de la actualizac­ión del código para incluir la movilidad, están las nuevas formas de trabajo que la tecnología ha permitido, como el famoso teletrabaj­o.

Si yo decido trabajar desde mi casa y así también la empresa se ahorra los gastos de un local, este tipo de temas aún no están regulados.

Una alternativ­a son las políticas que ya tienen las empresas grandes; sin embargo, estas aún están sujetas a que el Ministerio de Trabajo apruebe los reglamento­s, lo que no siempre pasa. “A veces por desconocim­iento, a veces por temor, no es tan fácil que te aprueben un reglamento regulando estos avances tecnológic­os que nos permiten teletrabaj­ar”, manifestó Solís.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from El Salvador