Cámara confirma juicio para quitar bienes a diputado
Magistrados no admitieron un recurso presentado por la defensa del diputado Reynaldo Cardoza en proceso de extinción de dominio.
La Cámara Primera de lo Penal rechazó una apelación de la defensa del diputado de Chalatenango Reynaldo Cardoza que buscaba frenar el proceso judicial que se sigue para que el Estado se quede (extinga) con 12 de sus propiedades y dinero en las cuentas bancarias del legislador del Partido de Concertación Nacional (PCN).
La Cámara de lo Penal, en una resolución notificada esta semana, habilitó así al Juzgado de Extinción de Dominio, que dirime el proceso, a que programe una audiencia de sentencia, donde se definirá si los 12 inmuebles, a nombre de Cardoza y su esposa, y $134,655.07 en cuentas bancarias pasan a manos del Estado.
En la audiencia preparatoria del caso, la defensa del diputado pidió la nulidad del proceso en el Juzgado Especializado de Extinción de Dominio. La jueza especializada de Extinción declaró no ha lugar esa petición y los defensores acudieron a la Cámara Primera de lo Penal a presentar un recurso de apelación.
“El recurso de apelación está previsto únicamente contra la resolución que decide sobre una excepción o una nulidad, esto es cuando con dicha resolución se decida declararlas con lugar; no así cuando son rechazadas, es decir, declaradas sin lugar”, resolvió la Cámara Primera de lo Penal, según se lee el documento al que tuvo acceso LA PRENSA GRÁFICA.
Edgardo Acosta Oertel, abogado del diputado, dijo ayer que esperarán a ver si el juzgado convoca a la audiencia de sentencia o si difiere su decisión por un recurso que está pendiente de resolución en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
“No es que no procedía. Lo que hizo la cámara fue diferirlo hasta el final porque no nos ha causado agravio la decisión del juzgado. Solo admite la apelación cuando es la Fiscalía porque no ha causado un agravio porque son audiencias preparatorias”, dijo Acosta.
La Fiscalía General de la República (FGR) busca probar que el diputado adquirió esas propiedades (detalle gráfico) y el dinero con actividades ilícitas, como el lavado de dinero y tráfico ilícito de personas. La defensa, en cambio, plantea que él se hizo de todas las propiedades con ingresos como comerciante, la aceptación de una herencia y con su salario.
En la etapa intermedia del proceso, los fiscales ofrecieron pruebas para vincular al diputado a la red de lavado de dinero de Wílver Rivera Monge, que fue compañero de fórmula de Cardoza y quien fue condenado a 15 años de cárcel por lavado de dinero.
La Fiscalía incorporó documentación referida al centro recreacional Palacio Latino, por el que hubo un arrendamiento entre Cardoza y Monge. También
pidieron a la jueza añadir el expediente judicial de un proceso contra Cardoza por tráfico de personas, años atrás, y en el que fue absuelto.
Salvador Martínez, director de comunicaciones de la Fiscalía, dijo que los fiscales de extinción de dominio no se pronunciarán porque están a la espera de la decisión que tomará la jueza.
CASO PENDIENTE EN SALA
En julio pasado, la Sala de lo Constitucional admitió una demanda de amparo presentada por el fiscal general, Douglas Meléndez, en contra de la resolución de la Sala de lo Civil suplente que dejó sin efecto el proceso por enriquecimiento ilícito en contra del diputado del PCN. Los defensores de Cardoza presentaron un recurso ante la sala para que se declare sobreseimiento o sin lugar esa admisión.
“Todo esto (la presentación del recurso ante la cámara) se dio antes de que saliera la resolución de la honorable, entre comillas, Sala de lo Constitucional, donde maliciosamente aceptaron el amparo y suspendieron la devolución de los bienes”, dijo el abogado de Cardoza.
Según él, en la inconstitucionalidad 146-2014, la Sala de lo Constitucional estableció que no se podía seguir la acción de extinción de dominio junto a la de enriquecimiento ilícito si los bienes eran los mismos, porque significaría doble persecución. Por eso van a presentar un nuevo escrito alegando que existe doble juzgamiento contra su cliente.
EL PROCESO INICIAL
Cardoza ya fue procesado, por orden de la Corte Suprema, por enriquecimiento ilícito. En marzo de 2017, las magistradas de la Cámara Segunda de lo Civil concluyeron que el funcionario no se enriqueció ilícitamente, y únicamen- te condenaron a su esposa.
Después, la Fiscalía acudió a la Sala de lo Civil, pero esta invalidó el proceso que había seguido la Cámara de lo Civil concluyendo una “improponibilidad sobrevenida”, es decir, no analizó cómo Cardoza obtuvo su patrimonio, sino que únicamente anuló todo lo judicializado porque concluyó que el caso no debió ser promovido en la vía civil.