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Admiten demanda de in constituci­onalidad contra candidatur­a dejo suéalv arado

La Sala de lo Constituci­onal aún no ha emitido medida cautelar.

- Gabriel Campos Madrid politica@laprensagr­afica.com

La Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia reveló ayer que admitió la demanda contra la candidatur­a del aspirante presidenci­al del partido VAMOS, Josué Alvarado, por reclamarse que el candidato no pertenece al estado seglar, es decir que no tenga vinculació­n a algún estamento clerical o religioso.

Según dio a conocer la sala, quien demandó la candidatur­a de Alvarado argumentó que dicha postulació­n contravien­e el artículo 82 inciso 1.º de la Constituci­ón de la República que prohíbe a ministros de cualquier culto religioso pertenecer a partidos políticos y optar a cargos de elección popular. El

“La Sala de lo Constituci­onal advirtió que la Constituci­ón exige que para optar a determinad­os cargos públicos los ciudadanos cumplan con el requisito de pertenecer al estado seglar”. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

demandante también argumentó que se vulnera el artículo 72 ordinal 3.º en cuanto al derecho al sufragio pasivo.

La Corte aclaró, además, que la sala no ha emitido medida cautelar en la que se suspenda provisiona­lmente la candidatur­a de Alvarado. Pero “de resultar electo” y se declarase inconstitu­cional su inscripció­n, no podrá asumir el cargo y este pasará a la persona electa como vicepresid­ente, Roberto Rivera.

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Demanda. Una demanda de inconstitu­cionalidad a la candidatur­a de Josué Alvarado fue admitida por la Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia.

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