Prisión para pareja salvadoreña acusada del homicidio de hijo
Estarán en prisión preventiva durante seis meses. Fiscalía también investigará el proceder de la oficina que vela por los derechos de menores en ese país. Pareja tiene refugio.
Una pareja de origen salvadoreño y residente en Costa Rica desde septiembre del año pasado fue detenida por ser la principal sospechosa del homicidio de su hijo. El hecho ocurrió el pasado jueves 9 de mayo, en la comunidad de Los Ángeles, en Sabanilla de Alajuela. El menor, de cinco años de edad, murió de una hemorragia intestinal producida por golpes, según determinó la autopsia.
De acuerdo con el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), también presentaba desnutrición, moretes, una lesión en el labio superior, escoriaciones, cicatrices de aparentes quemaduras, así como lesiones antiguas en costillas y un fémur.
Los detenidos son una mujer de apellidos Marroquín Alias, de 22 años, quien se encuentra en avanzado estado de embarazo; y un hombre de apellidos Pérez Flores, de 25, este último no era el padre biológico del menor fallecido.
El Juzgado Penal de Alajuela ordenó que los acusados quedaran en prisión preventiva por un período de seis meses, en lo que se desarrolla la investigación.
Fue el OIJ la instancia que informó que la pareja salvadoreña ingresó el pasado septiembre a Costa Rica como refugiados.
“Este menor es de nacionalidad salvadoreña, sus padres son refugiados en nuestro país, están en Costa Rica desde septiembre del año pasado”, indicó la institución judicial.
La Ley de Migración y Extranjería de Costa Rica, en su capítulo 4, sección V, se refiere a la categoría migratoria especial de “refugiados, asilados y apátridas”.
Sobre los refugiados, dice que serán las personas que en su país de origen sienten temor por su raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo u opiniones políticas.
“Toda persona refugiada que se encuentre en el territorio nacional tiene la obligación de acatar las leyes y los reglamentos vigentes, así como las medidas que adopte el país para el mantenimiento del orden público”, se lee en el numeral segundo del artículo 106 de la mencionada ley.
Varios artículos después, puntualmente en el 122, se establece que la expulsión de una persona con calidad de refugiado en Costa Rica se efectuará solo por razones de seguridad nacional o de orden público, en virtud de una decisión tomada conforme a los procedimientos legales vigentes. Tal expulsión se verificará en un plazo razonable que le permita a la persona refugiada gestionar su admisión legal en otro país.
El cadáver del menor de edad está en poder de las autoridades costarricenses. Al cierre de esta nota, no habían informado si el cuerpo del menor de cinco años había sido reclamado.
INVESTIGARÁ PROCEDER
De acuerdo con los vecinos, el sábado 4 de mayo, representantes de la Organización Unbound Costa Rica visitaron la casa y sus psicólogos interpusieron una queja por supuesto maltrato ante el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), institución encargada de velar por los derechos de la niñez y adolescencia en ese país.
El PANI, sin embargo, nunca logró dar con la familia para investigar el caso, según explicaciones que dio la presidenta de esa institución, Patricia Vega.
La actuación de los funcionarios del PANI en relación con el caso del niño fallecido por agresiones en Alajuela será revisada por la fiscalía de esa ciudad.
De acuerdo con información de la oficina de prensa del Ministerio Público, en la investigación ordenada por la fiscal general, Emilia Navas, se pretende determinar si los encargados de la oficina regional del PANI habrían incurrido en el delito de incumplimiento de deberes, por no actuar de manera oportuna.
“Conversé con la fiscal de Alajuela y le ordené abrir una investigación para determinar si existe algún grado de responsabilidad por parte del Patronato Nacional de la Infancia en los hechos acontecidos”, dijo Navas.