69 MENORES DE EDAD SACADOS DEL PAÍS SIN PERMISO PARENTAL
En los últimos 20 meses, El Salvador ha requerido a 13 países la repatriación de esta niñez y adolescencia. La PNC no procesa las denuncias por estas desapariciones porque no son delito.
Su padre no sabe si está en otro país o está muerta. De lo único que tiene certeza este hombre es de que la niña está desaparecida desde el pasado 27 de junio. La niña se llama Ashlee y tiene apenas cinco años de edad. Cuando intentó poner una denuncia sobre la desaparición en la Policía Nacional Civil (PNC), los agentes le explicaron que no procesan denuncias por desaparición cuando ha sido uno de los progenitores quien se ha llevado a una hija o a un hijo consigo.
El término con el que se le denomina a este tipo de casos es “sustracción internacional” y no constituyen un delito, aunque esta acción haya sido llevada a cabo sin el consentimiento de uno de los progenitores, anotó la Procuradora General de la República, Miriam Gerardine Aldana.
“En principio, no es un delito, porque, es cierto, sí hay una sustracción, pero depende de los escenarios en los que se da, porque sí es cierto que salen del país, pero si no hay una privación de libertad configurativa de delito, si no se hizo a la fuerza o si no se hizo en contra de la voluntad de la niña, del niño o adolescente, entonces no es un delito”, explicó.
Los casos tampoco pueden ser considerados un “secuestro parental”, porque, en el sentido estricto de esa palabra, un secuestro es una privación de libertad acompañada de un requerimiento monetario a cambio de la liberación de la persona secuestrada.
Para estos casos, lo que aplica, entonces, es un convenio internacional que propicia la repatriación de estos menores de edad a su país natal.
Entre enero de 2018 y agosto de 2019, El Salvador ha solicitado a 13 países el retorno de 69 niños y adolescentes, de acuerdo con los datos de la Unidad Especializada en Niñez y Adolescencia de la Procuraduría General de la República (PGR).
La mayoría de estos menores de edad se encuentran en Estados Unidos y en Centroamérica.
“Utilizar esta convención vinculada al tema de la sustracción internacional y hacer la recuperación de estas niñas, niños y adolescentes nos lleva a que no aparezca una situación de tipo penal, sino un mecanismo de derecho internacional público que nos ayuda a ubicarlo en el país que está domiciliado para hacer el retorno a su país de origen”, reiteró la funcionaria.
“El derecho penal siempre será la última ratio. Solo debe ser aplicado sí y solo si no funcionan otros sistemas”, agregó.
Aldana citó el artículo 10 de la Ley de Protección Integral de la Ni ñez y de la Adolescencia (LEPINA) para destacar la obligación de escuchar la opinión de la niñez y de la adolescencia en la medida en la que vaya progresando el desarrollo evolutivo de sus facultades.
En ese sentido, si estas sustracciones parentales ocurrieron en contra de la voluntad de los menores de edad, sí podría constituirse en un delito.
¿PERO DÓNDE ESTÁ ASHLEE?
Delito o no, el tema es que para el padre de Ashlee, un mecánico de 26 años del municipio de San Marcos, en San Salvador, es un hecho que no sabe dónde está su pequeña hija.
Ashlee vivía con su madre. Su padre llegaba a traerla cada viernes y la llevaba de regreso cada domingo, como había quedado estipulado en un acuerdo que ambos progenitores firmaron con la intervención de la PGR.
Pero un día, ya no la encontró. Y tampoco supo ubicar a la madre. Le llamó por teléfono. Y, al no obtener respuesta, las buscó a ambas entre familiares.
Fue al colegio en donde la niña estudiaba kínder 4 y ahí le informaron que nadie había retirado los documentos, que simplemente había dejado de asistir a clases.
Tras varios días de búsqueda, supo que desaparecieron cuando iban a visitar a un familiar en Sensuntepeque, Cabañas. Ya era la segunda semana de julio cuando intentó poner la denuncia policial.
“‘Yo no tengo varita mágica para saber dónde está’, me dijo el policía. ¿Qué respuesta es esa de parte de un agente de la PNC? Y a mí eso me dijeron cuando insistí en que me agarraran la denuncia”, recordó.
“Yo tengo los papeles de la custodia que tenemos, y en todos los lugares donde voy me dicen que, si la niña se fue con la mamá, no pueden hacer nada. Pero, ¿qué me garantiza a mí que no estén muertas las dos? Deberían ayudarme a saber dónde están”, suplicó.
POR ESTAS SUSTRACCIONES, SÍ HAY RIESGOS: FÍSICOS Y EMOCIONALES
En uno de sus informes, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) advierte que uno de los casos más complejos sobre desaparición de niñez y adolescencia son las sustracciones parentales.
“Se suele considerar que estos casos pertenecen al área civil y a menudo no se investigan, ya que se piensa que los niños involucrados no corren riesgos. Este concepto erróneo es grave, ya que constituye uno de los obstáculos principales para la recuperación de esos niños y los coloca en situación de considerable riesgo emocional y a veces físico”, reza el documento.
Ya de por sí, el tejido familiar se rompe con la separación o el divorcio de los progenitores, pero aún y cuando esta niñez y adolescencia logre ser repatriada, van a seguir viviendo una situación conflictiva si sus padres nunca se ponen de acuerdo, rompiendo aún más ese tejido, apuntó la procuradora general.
“Ellos deben tratar de solventar sus diferencias personales y entender que como personas adultas, si no funcionó su relación, los costos no tienen por qué pagarlos sus hijas o hijos. Deben comprender que ambos tienen el derecho y el deber de acompañar el crecimiento integral de esa tercera persona que también tiene derechos”, enfatizó Aldana.
La funcionaria insistió en que es importante comprender que la desaparición es un término genérico. Es la falta de ubicación, el desconocimiento de dónde se encuentra una persona. Sin embargo, se da en dos distintas formas o modalidades.
Existe la modalidad de la desaparición con dolor o con un ánimo intencional de afectar el derecho de la libertad, mientras que la otra modalidad se genera a raíz de conflictos intrafamiliares.
“Entonces, hay que tener muy clara la diferencia y el manejo del concepto de desaparición forzada producto de violencia, que esta sí debe ser sancionada por medio de la vía punitiva, pero la otra es el producto de las diferencias entre dos personas adultas que no han podido ponerse de acuerdo y que le están ocasionando un daño a sus hijos”, expresó.
Del total de casos de sustracciones internacionales que fueron registradas durante los 20 meses comprendidos entre 2018 y agosto de 2019, el país solo ha logrado finalizar nueve procesos de reintegro. Siete de ellos eran menores que habían sido llevados a Estados Unidos y dos más a Nicaragua y a Australia.
“En todos los lugares donde voy me dicen que, si la niña se fue con la mamá, no pueden hacer nada. Pero, ¿qué me garantiza a mí que no estén muertas las dos? Deberían ayudarme a saber dónde están”. PADRE AFECTADO, SOBRE LA DESAPARICIÓN DE SU HIJA DE CINCO AÑOS
“Hay que tener muy clara la diferencia y el manejo del concepto de desaparición forzada producto de violencia, que sí debe ser sancionada por medio de la vía punitiva, pero la otra es el producto de las diferencias entre dos adultos que no han podido ponerse de acuerdo y están ocasionando daño a sus hijos”. MIRIAM GERARDINE ALDANA, PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA